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El Consell se da seis meses para enviar a las Cortes la nueva Ley del Palmeral

La Generalitat reconocerá la Acequia Mayor, el Pantano, el oficio de palmerero o la artesanía de la palma blanca por su relación intrínseca con este Patrimonio de la Humanidad

Una imagen de poda de palmeras en el Parque Municipal de Elche el pasado noviembre. | ANTONIO AMORÓS

Cuando el Palmeral de Elche se acerca al vigésimo aniversario de su declaración como Patrimonio de la Humanidad, el próximo noviembre, el Consell ha decidido por fin dar prioridad a la aprobación del anteproyecto de ley en la que lleva dos años trabajando junto al Ayuntamiento y que deberá servir para su salvaguarda, al tiempo que estar en consonancia con la importancia que tiene para la Unesco. Una norma mucho más restrictiva urbanísticamente y que derogará a la actual, de 1986, que se había quedado obsoleta para el grado de protección que se desea y necesita. El Gobierno del Botánico aprobó el pasado fin de semana el impulso final, lo que también servirá para reconocer algunos de sus principales elementos intrínsecos, como la Acequia Mayor y el PantanoAcequia MayorPantano, dentro del patrimonio hidráulico valenciano y en la categoría de Monumento. Al mismo tiempo se dignificará el oficio de palmerero y se propone declarar la artesanía de la palma blanca como Bien Inmaterial de Interés Cultural.

«Con esta iniciativa se pretende cumplir -aseguran fuentes del gobierno valenciano- con el acuerdo alcanzado con el Patronato del Palmeral. La nueva ley busca conseguir una serie de objetivos entre los cuales destaca la reducción de las amenazas urbanísticas, las carencias en la tutela legal del área declarada Patrimonio de la Humanidad, la mejora de las definición de los usos sociales y económicos y el reconocimiento de algunos bienes etnológicos vinculados al Palmeral, junto a la garantía para conseguir su sostenibilidad financiera». En un plazo máximo de seis meses, el anteproyecto estará en las Cortes y el tiempo que pase hasta su debate y aprobación definitiva solo dependerá de sus señorías.

¿Qué aporta la ley? De entrada, mucho trabajo y quizá poco tiempo para cumplirlo en los meses de plazo que se dan desde que se apruebe en las Cortes Valencianas. De entrada se creará un Registro del Palmeral de Elche que será el mecanismo para la tutela jurídica de los huertos, para sus agrupaciones de ejemplares, incluso los singulares o aquellos que están aislados. Todo ello en el plazo de seis meses deberá estar perfectamente identificado para saber qué se está protegiendo, ejemplar a ejemplar.

El Palmeral pasará a contar con un Plan Especial de Protección y un Plan Rector de Uso y Gestión del que se encargará el Patronato del Palmeral, a través de la junta gestora y de la comisión técnica, aunque ambas dependerán de la Conselleria de Cultura. Precisamente, ese Plan Director será el eje principal de la ley porque a él se le encomienda dentro de los huertos históricos la progresiva eliminación de «los elementos impropios y la recuperación de los atributos que constribuyan a la integración paisajística de los bienes protegidos», además de promover la movilidad pública y sostenible y «la adopción de medidas contra la contaminación lumínica y acústica».

Pero no sólo esto se tendrá en cuenta en la zona Unesco sino en la denominada Área de Protección Núcleo, que afecta a las principales vías de comunicación que circunvalan la ciudad.

Presente y futuro

El Palmeral deja, en definitiva, de depender su salvaguarda del Ayuntamiento, aunque a él le toque velar por su presente y futuro. La Conselleria de Cultura y la propia Unesco, a través del Comité de Patrimonio Mundial, tendrán que ser informadas previamente de cualquier actuación, restauración o reconstrucción con trascendencia patrimonial. El informe que se elabore por estos órganos tendrá un carácter vinculante para quien tenga que tomar la decisión; es decir, principalmente, para el propio Ayuntamiento de Elche.

La concejala de Compromís, Esther Díez, se congratuló ayer del acuerdo adoptado en el encuentro de los miembros del Pacto del Botánico este fin de semana. «Celebramos que sean una prioridad la aprobación del anteproyecto y de promoción del Palmeral, así lo han recogido este fin de semana en su seminario. Es importantísimo que la redacción de la Ley sea un acuerdo del Gobierno Valenciano, porque es de 1986 y es necesario cuanto antes su actualización».

Hasta 3 millones de euros de multa y expropiación contra el abandono

Las sanciones urbanísticas previstas por la Generalitat pretenden ahuyentar cualquier obra por pequeña que sea

La restricción de los usos permitidos en los huertos llevará aparejada sanciones que llegarán, en los casos muy graves, a los tres millones de euros (desde los 120.001 euros). En los graves, entre 3.001 y 12.000; y en los leves, de 300 a 3.000 euros. Durante diez años se fija el periodo de prescripción de las infracciones administrativas (cinco años para los casos leves) y se justificará la expropiación cuando esté el bien en peligro de destrucción física, de desaparición o exista un «abandono persistente del ejercicio del deber de conservación por los titulares».

¿Por qué todo esto? Porque a partir de la promulgación de la ley todos los huertos de palmeras pasarán a la situación básica de suelo rural, «con independencia de su clasificación y calificación urbanística». Y esta afección es principalmente importante para lo que se consideran huertos del Palmeral y estén inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial, para los situados en su zona de amortiguamiento o en el entorno de protección porque solo se podrán utilizar para el cultivo de la palmera datilera (se prohíbe, por ejemplo, el encaperuzado salvo autorización expresa), también habrá uso ganadero que no incluya riesgos y otro permitido de carácter social, cultural y ambiental para lo cual se permitirá la reconstrucción o rehabilitación de edificios tradicionales exclusivamente. Quedan prohibidas las ampliaciones. En el resto de huertos protegidos, se podrá autorizar un uso residencial, hostelero o de alojamiento turístico siempre y cuando la edificación no suponga más del 2% de la parcela y de dos alturas. Ni piscinas, pistas deportivas o aparcamientos.El propietario no podrá negarse a cualquier tipo de inspección y tendrá que facilitar información relativa a plagas y enfermedades vegetales que pudieran afectar a las palmeras como parte de un bien protegido.

Vigilantes que serán agentes de la autoridad

Vigilantes que serán agentes de la autoridadDel Ayuntamiento dependerá la creación del Servicio de Vigilancia e Inspección y cada funcionario adscrito a él tendrá la consideración de agente de la autoridad. El personal estará facultado para requerir y examinar toda clase de documentos e información de los bienes objetos de protección y tendrá vía libre de acceso a las fincas donde haya obras o usos que se quiera inspeccionar. La Ley hace un inciso en este artículo sobre la importancia del oficio de palmerero que «se considerará un mérito de especial relevancia en los procesos de selección del personal para ejercer las funciones de mantenimiento y de vigilancia e inspección.

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