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El juzgado rechaza que Alcoy indemnice a Luxender con 15,6 millones por Serelles

El juez sentencia que la supresión de parte del PAI no justifica compensar por el total

La urbanización de Serelles se ha construido en una mínima parte a la parte baja de la sierra de Mariola. JUANI RUZ

Aunque no es definitiva, es una victoria con mucha moral. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante ha desestimado la pretensión de la promotora Luxender para que el Ayuntamiento de Alcoy la indemnizara con 15,6 millones de euros por los perjuicios sufridos en el proyecto de Serelles. En concreto, pedía una compensación por las pérdidas provocadas por la eliminación de una parte del PAI, en relación con las vías pecuarias del Teular del Llonganissero y de Sabata y el impacto sobre los barrancos.

La promotora, que había pleiteado a través de una de sus empresas, concretamente Artemisa Tensis SL, ha perdido el primer asalto frente al Ayuntamiento, pero aún tiene plazo para presentar un recurso ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ, según recoge el fallo, a cuyo contenido ha tenido acceso este diario.

El gobierno del PP del Ayuntamiento, dirigido por Jorge Sedano, otorgó a Luxender SL la urbanización de la Solana el 29 de julio de 2005, un proyecto de hasta 1.000 viviendas en las faldas de Mariola, de las que apenas se han culminado unas 40. Los problemas medioambientales, la crisis del ladrillo y una limitación del proyecto por el TSJ y el Supremo afectaron al proyecto.

Tras declararse en concurso de acreedores, una de las iniciativas que adoptó Luxender fue acudir a la vía judicial para solicitar una compensación por los perjuicios económicos sufridos. Así, pidió sin éxito al Ayuntamiento una indemnización de 15.676.79,56 euros, por lo que decidió recurrir a los tribunales. De hecho, entiende que las limitaciones del TSJ convirtieron en «inejecutables e inútiles las obras ejecutadas» a la vez que dejaba de ser posible «materializar todo el aprovechamiento reconocido en el PAI a las parcelas de su titularidad, así como que las mismas perderían su condición de solar, por quedar sin accesos y sin posibilidad de acometida a las redes de servicios», un perjuicio que evaluaba en la cantidad citada, según refleja la sentencia.

El juez titular, sin embargo, ha desestimado íntegramente esta demanda, al considerar que no puede evaluarse el perjuicio sufrido, en tanto que los cambios en el planeamiento no han sido formalizados. De hecho, los informes técnicos afirman que se podría ejecutar el referido fallo «con unas pequeñas intervenciones» que «mantendrían la viabilidad del sector». Por ello, el magistrado sostiene en sus consideraciones que «los daños cuyo resarcimiento se reclama resultan hipotéticos en este momento, no pudiendo ser determinados. Será una vez se haya ejecutado la sentencia que anulaba parcialmente el PAI cuando se delimite definitivamente su alcance y efectos» y, en consecuencia, si hay impacto y corresponde fijar indemnizaciones.

En base a estos criterios, el juez desestima la demanda que puede ser objeto de recurso al TSJ, a la vez que plantea la imposición de las costas procesales a Luxender. Esto supondrá, según explicaron ayer fuentes municipales, el abono de 120.000 euros al consistorio por los gastos judiciales del proceso.

El «caso Luxender» sigue teniendo otras prolongaciones y, así, el Ayuntamiento está a la espera del fallo del Supremo sobre la sanción de 601.000 euros y la reparación de daños por valor de 674.000 que debería asumir, tras la decisión que adoptó el Consejo de Ministros en 2012. El pago y la reparación los asumirían el Ayuntamiento y la propia Luxender.

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