El exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi y los otros acusados por tres delitos fiscales y uno de cohecho impropio han sido absueltos de todos los cargos por el juez que los enjuició hace ahora más de un año. La sentencia considera que el exregidor popular y otros tres empresarios acusados junto a él, Antonio Solana, Javier Palacio y Antonio Moreno, no son responsables de los hechos que se le imputaban.

En el caso concreto de Alperi, se enfrentaba a una petición de pena de más de 10 años de prisión. Entre los absueltos se encuentra el responsable de la Marina de Alicante, Javier Palacio, a quien representaba el abogado Francisco Ruiz Marco. Palacio estaba acusado de permitir permitir que el exalcade atracara su barco en sus instalaciones sin contraprestación económica, un hecho que el gerente de la Marina Deportiva atribuyó a las buenas relaciones que desde siempre ha unido a su familia con la del exalcalde.

El juez, según informa el TSJCV, considera que no ha quedado acreditado que el exalcalde defraudara a la Agencia Tributaria una cantitad total superior a los 682.000 euros en sus declaraciones de IRPF correspondientes a los ejercicios fiscales de 2007, 2008 y 2010 por incrementos patrimoniales no justificados.

Respecto a la primera, la de 2007, descarta que incurriera en un fraude de 405.351 euros con la colaboración del administrador de la mercantil Taller de Contabilidad SL, A.M.R. Según el fallo, que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial, no hay pruebas de que ambos acusados, “de mutuo acuerdo, ni cada uno de ellos por separado”, simularan un negocio para que Díaz Alperi viera saldada una deuda tributaria de 1.004.878 euros.

Por el contrario, el dueño de Taller de Contabilidad SL sí llevó a cabo “diversas gestiones para conseguir el cobro” del crédito por ese importe con el que el ex primer edil abonó una deuda a Hacienda, por lo que no puede hablarse de un “incremento patrimonial injustificado”, señala la resolución.

El titular del juzgado alcanza la misma conclusión respecto a las declaraciones de IRPF de los años 2008 y 2010, tras analizar los cambios de titularidad de un catamarán, el Akra Uno, y los registrados en el reparto del capital social de la empresa propietaria de esa embarcación, Andarx Business SL, de la que el antiguo alcalde y el empresario A.S.Y. eran socios.

El magistrado rechaza en este sentido que el ex primer edil y también ex diputado autonómico generara unos incrementos patrimoniales injustificados de 337.000 y 308.209 euros con esas operaciones mercantiles y defraudara por tanto, respectivamente, al fisco 144.862 y 132.468 euros.

Por último, la sentencia absuelve a Díaz Alperi de un delito de cohecho, al determinar que no ha quedado acreditado que el gerente de la Marina Deportiva del Puerto de Alicante, J.P.L., le permitiera amarrar un barco y utilizar las instalaciones de forma gratuita desde el 18 de noviembre de 2008 al 31 de enero de 2013 “en consideración a su condición del cardo de diputado en Las Cortes Valencianas y por su anterior condición de alcalde de la ciudad de Alicante”.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso en la Audiencia Provincial. El Consejo General del Poder Judicial ha abierto un expediente al magistrado encargado de enjuiciar este caso, Eugenio Alarcón, por los retrasos que registra su departamento, donde el pasado año se cerró con más de 1.300 asuntos pendientes de sentencia.