Veredicto de culpabilidad para el asesino de África Moreno. Por unanimidad, con todas las agravantes y sin ningún atenuante por enfermedad mental. Tras cerca de cuatro horas de deliberaciones en la Audiencia de Alicante, el jurado declaró ayer culpable a Raúl Mendoza Tuomisto de asesinar de 68 puñaladas a su víctima a la salida del ascensor el 28 de marzo del año pasado. El veredicto considera probadas las agravantes de alevosía y ensañamiento y rechaza que el acusado padezca patología mental alguna que suponga que se le deba atenuar la pena. Dada la gravedad de los hechos, el tribunal popular se opone a que el acusado se beneficie de indulto alguno o que se le suspenda la pena. El jurado ha considerado también probado que el padre del acusado amenazó a la madre de la víctima nada más ocurrir los hechos. Este mismo delito se le imputaba también al asesino pero el tribunal popular le exculpa por falta de pruebas.

A la vista del veredicto, tanto la Fiscalía como la acusación particular que ejerce para la familia de la mujer asesinada la letrada María José Juan Ros han mantenido que el acusado sea condenado a 25 años de prisión por el asesinato. Para el padre el fiscal pide 18 meses de cárcel y la acusación particular dos años. El jurado no se opone a que se le suspenda la pena al padre por este delito. Por su parte, el abogado de la defensa, Ricardo Martínez, reiteró su petición de una condena de 10 años y adelantó a este diario que recurriría la sentencia al TSJ.

África Moreno, de 58 años, murió asesinada cuando fue a casa de su madre en la calle Doctor Jiménez Díaz de Alicante para irse a celebrar con ella su 92 cumpleaños. El asesino las esperaba a la salida del ascensor y, al abrirse la puerta, empujó a la anciana y empezó a apuñalar a la hija por todo el cuerpo. El jurado ha considerado probado que la víctima no tuvo posibilidad alguna de defenderse y que el acusado prolongó su sufrimiento de manera «deliberada» e «inhumana». Dos agravantes que han llevado a las acusaciones a reclamar que se le imponga la pena máxima.

El tribunal popular se ha basado tanto en la declaración del propio acusado que admitió haber cometido los hechos, como en los testimonios de otros testigos. La investigación apuntaba que el acusado y su padre había tenido varias disputas con su vecina de arriba y sus familiares porque recriminaban a la anciana que hacía mucho ruido por las noches y no les dejaban dormir. En el juicio, el acusado reconoció el crimen, pero adujo que no recordaba nada de lo ocurrido y que sufrió un delirio fruto de sus problemas mentales por sus años de dependencia de las drogas.

No hubo brote psicótico

Sin embargo, los miembros del jurado no han considerado probado que el acusado hubiera sufrido un brote psicótico cuando ocurrieron los hechos, para lo que se han apoyado en el informe emitido por los forenses del Instituto de Medicina Legal de Alicante que le reconocieron en prisión, en contra de los informes periciales aportados por la defensa que sí se inclinaban por respaldar la hipótesis del delirio.

En cuanto al padre, el jurado considera probado que amenazó a la madre de la víctima en los momentos posteriores al crimen. El hombre bajó al portal y gritó a la mujer delante de los policías :«Teníamos que haberlo hecho antes, estamos hartos de vosotros, lo tenías que pagar y lo pagarás». Uno de los agentes tuvo que interponerse para evitar que la agrediera. Ha sido el testimonio de los funcionarios lo que ha llevado al jurado a condenarle.

El fiscal reclama que el acusado indemnice con 150.000 euros al viudo de la víctima, con 100.000 a cada uno de sus dos hijos y 75.000 a la madre. La acusación particular pide 200.000, 150.000 y 75.000 respectivamente.