Enterrar el hacha de guerra contra el rastro de Benidorm ubicado frente a la ITV. Esa es la recomendación técnica que tienen encima de la mesa los distintos grupos políticos del Ayuntamiento de la ciudad turística que deberán decidir en el próximo pleno si proseguir o no con la batalla legal abierta contra el Outlet Market.

Se trata de un mercadillo instalado en la avenida Comunidad Valenciana, en el sector de Armanello, que tras años de rechazo por parte del pequeño comercio de la capital de la Costa Blanca arrancó su actividad hace unos meses mientras que en los juzgados se dirimía si las licencias que le fueron otorgadas desde la administración local podían ser anuladas al considerar la actividad lesiva para el interés general. La primera sentencia de la contienda judicial, abierta por el propio Ayuntamiento de Benidorm que llegó a demandarse a sí mismo para lograr revocar los permisos al rastro, llegó hace unas semanas y en ella el juez consideraba que el negocio no incurría en la "lesividad" denunciado por el Consistorio benidormense.

Así las cosas, el Ayuntamiento debe decidir ahora si presentar un recurso de apelación contra esta sentencia o, por contra, dejar estar la batalla legal contra el Outlet Market. Una decisión que se tomará en el próximo pleno pero sobre la cual los informes técnicos solicitados por el gobierno de Benidorm, PP y CBM, ya se han pronunciado de forrma desfavorable.

Así, la Secretaría General del Ayuntamiento ha emitido un informe, que se ha trasladado hoy al resto de grupos durante la Junta de Portavoces, donde se analiza los términos y alcance de la sentencia y concluye que plantear un recurso de apelación a la misma “por parte municipal no aporta más que potenciales desventajas y costes adicionales”. Así lo ha trasladado hoy la concejala de Urbanismo, Lourdes Caselles, quien ha indicado que en el informe el secretario municipal se reafirma en su opinión de “no proseguir con el recurso de apelación”.

La concejal de Urbanismo ha indicado que “este informe, junto con la demanda planteada en su día por el Ayuntamiento, se ha incluido en el orden del día de la Comisión Informativa de Régimen Interior del próximo lunes, 17 de diciembre” para su “estudio por parte de los miembros de la corporación”. Del mismo modo, se dará cuenta del mismo en el próximo pleno ordinario.

Caselles ha señalado que, en base a un acuerdo del año 2015, deberá ser la corporación en pleno la que decida, en todo caso, plantear el recurso de reposición.

En la sentencia que ha motivado este informe de la Secretaría General la magistrado sostiene que tanto el decreto de concesión de la licencia ambiental para el rastro como la concesión “por silencio administrativo” de la licencia de obra son “conformes a Derecho”. En el mismo fallo, impone al Ayuntamiento las costas procesales.

Según relata la juez, fue en agosto de 2013 cuando se informó favorablemente la compatibilidad urbanística solicitada por la empresa para la implantación de esta actividad. Posteriormente, el 24 de octubre de 2014, y a petición de la Dirección General de Comercio y Consumo, el Departamento de Ingeniería del Ayuntamiento informó “favorablemente” la implantación de la actividad, marcando “las condiciones mínimas” que debían cumplirse.

El fallo menciona que el 22 de septiembre de 2014 el pleno “votó una moción propuesta por el Grupo Popular” que dio lugar “a la emisión de todos los informes técnicos” y “a la concesión de trámite de audiencia a la asociación Aico para que efectuaran alegaciones, dejando dicha asociación transcurrir el plazo legalmente establecido sin efectuar alegación alguna y sin oponerse a la implantación del rastro”.

“De las anteriores actuaciones -prosigue la sentencia- se desprende que por parte de la Corporación Municipal se consideraban cumplidas todas las exigencias para la implantación de la actividad”.

A la vista de la sentencia, y como ya manifestó el pasado lunes, Caselles ha indicado que el relato cronológico recogido acredita que la tramitación favorable de este expediente se realizó durante la anterior legislatura, bajo gobierno de PSOE y Liberales de Benidorm. Durante ese periodo administrativo, señala el fallo, desde el Ayuntamiento “en ningún momento se informó de manera desfavorable o se puso obstáculo alguno” a la implantación de esta actividad. A raíz de esa tramitación, subraya la sentencia, la actual edil de Urbanismo “tuvo necesariamente que emitir resolución en agosto del año 2015 concediendo la licencia ambiental”.