Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Torrevieja

La Audiencia reabre la investigación al exedil Paco Moreno por la licencia a la planta de transferencia

El auto asegura que ni la jueza ni el fiscal que decretaron el archivo en 2016 fundamentan por qué no hay delito de prevaricación

La Audiencia reabre la investigación al exedil Paco Moreno por la licencia a la planta de transferencia

La sección séptima de la Audiencia Provincial ha ordenado al juzgado de Instrucción 2 de Torrevieja reabrir el procedimiento que investiga por una supuesta prevaricación administrativa la licencia otorgada a Acciona en 2010 por el entonces edil de Urbanismo, Francisco Moreno (PP) para construir una planta de transferencia de residuos en Torrevieja. En el procedimiento, que había sido archivado por la magistrada de ese juzgado a finales de 2016, aparece denunciado Moreno, que en su condición de concejal del área otorgó el permiso, con informes contrarios de los técnicos municipales. Moreno alegó que esos informes no eran ni preceptivos ni vinculantes. Curiosamente la licencia que ha provocado este procedimiento judicial, caducó, y la instalación, que sobre el terreno funcionaba sin autorización desde 2005, fue clausurada por orden del propio Moreno en 2012.

El recurso al sobreseimiento de la causa lo presentó la edil y letrada Fanny Serrano, que denunció hace siete años -en enero de 2011- los hechos cuando era concejal en la oposición en el Ayuntamiento de Torrevieja -ahora es primera teniente alcalde-. Serrano apeló asegurando que no se habían practicado todas las diligencias solicitadas y que el contenido de la resolución no se adecuaba al tipo penal para el delito de prevaricación.

Los informes

La Audiencia explica que la juez y el Ministerio Fiscal centraron su archivo precisamente en que los informes contrarios a otorgar la licencia no eran obligatorios para autorizarla. Sin embargo, los tres magistrados de la Audiencia matizan: «Tal extremo en modo alguno exime a los funcionarios de su obligación de fundamentar en derecho la decisión que finalmente adopten, evitando una posible desviación de poder (...) El sobreseimiento libre por inexistencia de delito implica el conocimiento, valoración razonada y decisión sobre la existencia del delito», aclaran. «En consecuencia es necesario (para el juez), como mínimo, el examen de la concurrencia de elementos subjetivos, que se obvian». El archivo fue decretado por la juez, con una petición en el mismo sentido de la Fiscalía y cuando toda la instrucción, con distintas declaraciones de técnicos de la Generalitat y la aportación de informes y documental, se había dado por concluida y estaba en la fase de procedimiento abreviado, previa a la vista oral. La magistrada tiene ahora como alternativa solicitar, nuevas diligencias, fundamentar de nuevo el archivo «con elementos subejetivos» o llevar el asunto a juicio, tal y como recoge el auto al que ha tenido acceso este diario. La juez entendía que los hechos denunciados no tenían «encaje legal» en el delito de prevaricación. Que debe ser una decisión adoptada no solo contraria a derecho -algo que podría dirimirse en un juzgado de Lo Contencioso-, también de forma injusta y arbitraria. El exedil Moreno, que se retiró de la política al culminar el anterior mandato, no quiso ayer pronunciarse sobre este asunto.

En noviembre de 2016 compareció en rueda de prensa junto con Eduardo Dolón para anunciar el archivo. El portavoz del PP aseguró en ese momento que Serrano y el alcalde deberían haber dimitido y pedido perdón al exconcejal.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats