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En la recogida de basuras

Fenoll debe pagar más de 30.000 euros a Callosa por incumplimientos en la recogida de basuras

El juzgado ratifica la sanción impuesta por el Consistorio callosino a Sirem por no cumplir con la contrata, ahora municipalizada

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Elche ha dado la razón al Ayuntamiento de Callosa de Segura en la sanción impuesta a la empresa de recogida de basuras y limpieza viaria Sirem, propiedad del polémico empresario oriolano Ángel Fenoll, por incumplimientos de contrato sucedidos en el año 2016, cuando se ocupaba del servicio en el municipio (en 2017 fue municipalizado). Sirem deberá pagar al Ayuntamiento de Callosa un total de 31.722,60 euros por los continuados incumplimientos en la prestación de los servicios de recogida de residuos y limpieza viaria. La justicia da la razón así al consistorio callosino y ratifica la sanción impuesta por el departamento de contratación a la mercantil.

La empresa que fue concesionaria del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos deberá abonar la sanción impuesta por el Consistorio después de que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Elche concluyera que «el órgano de contratación ha procedido de conformidad con la legislación aplicable a imponer una sanción por incumplimiento de la prestación a la que se obligó el contratista». Para el juzgado, el Ayuntamiento actuó correctamente al confirmar que la mercantil de Fenoll incumplió con las condiciones del contrato.

Respaldado

El concejal de Contratación, Rubén Manresa (EU), agradece a los técnicos su trabajo que «una vez más se ha visto respaldado por la justicia», señaló ayer al diario. Por ello, entiende que el equipo de gobierno de Callosa de Segura, «no solo está haciendo sus deberes, sino que además lo está haciendo bien». Según Manresa, «la justicia deja en evidencia al Grupo Municipal Popular que ahora deberá justificar ante los vecinos por qué no votaron en pleno a favor de la sanción, que entendían precipitada».

La sentencia desmonta una a una todas las cuestiones planteadas por Sirem que alegó la vulneración del deber de motivación en el procedimiento, la inexistencia de incumplimiento de sus obligaciones por parte de la empresa y la que consideraba indefensión por infracción del trámite de audiencia. Así, determina la magistrada que «siendo el principio esencial de la contratación que hay que estar a lo pactado, y viendo las condiciones del pliego de cláusulas administrativas a las que se vinculó el demandante (...) el incumplimiento del contrato ha quedado acreditado fundamentalmente de los informes técnicos emitidos al efecto. Además, la magistrada determina que Sirem tuvo «cumplido acceso» a todos los informes o dictámenes que sirven de motivación a la resolución, por lo que tuvo conocimiento del acto así como de la justificación de la resolución de la administración, para desmontar sus argumentos.

Por otro lado, el Ayuntamiento de Callosa de Segura sigue reclamando a la empresa de Ángel Fenoll más de 850.000 euros para hacer efectiva la garantía por incumplimiento del contrato ya que solo presentó 43.000 de los 900.000 euros que por la cuantía del contrato (el mayor del Ayuntamiento) debería haber formalizado como aval. El Ayuntamiento podría dejar de ingresar ese dinero porque la mercantil Sirem se niega a pagar alegando que el requerimiento ha prescrito.

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