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Echávarri recurre ante el TSJ la sentencia del "caso Comercio"

El exalcalde alega en su recurso de apelación ante el Tribunal Superior "una radical" falta de pruebas en la sentencia de la Audiencia que le condena a ocho años y medio de inhabilitación por prevaricación

Echávarri, junto a su abogado José Díaz, llegando a una de las sesiones del juicio del caso Comercio Jose Navarro

El exalcalde socialista de Alicante Gabriel Echávarri ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial, que le condenó a ocho años y medio de inhabilitación por prevaricación administrativa por el fraccionamiento de facturas en el "caso Comercio". El documento, que se ha registrado hoy (un día antes de que finalizara el plazo legal), se basa en una "radical falta de pruebas", en la "falta de racionalidad de las deducciones y conclusiones" alcanzadas por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, que a finales de octubre condenó al exalcalde socialista Gabriel Echávarri y a dos de sus asesores, Lalo Díez y Pedro de Gea, por prevaricación administrativa por el fraccionamiento de nueve contratos en la Concejalía de Comercio entre noviembre y diciembre del año 2016, durante la etapa del tripartito al frente del gobierno municipal.

La sentencia, contra la que ha recurrido Echávarri y también sus dos exasesores, condenó a Echávarri (como autor material) y a De Gea (como cooperador necesario) a ocho años y medio de inhabilitación, mientras que la condena a Díez se queda en los siete años (también como cooperador necesario). La acusación, representada en la Fiscalía Anticorrupción, pedía diez años y un día de inhabilitación de empleo o cargo público para los tres acusados. Este caso llegó a los tribunales tras la denuncia en el juzgado del PP (que primero acudió a Fiscalía) y de Ciudadanos. Los populares, con Luis Barcala (hoy alcalde) al frente, ejercieron la acusación particular, hasta que dieron un paso al lado días antes del juicio.

En el recurso de Echávarri presentado hoy, la defensa califica de "irracional o carente de lógica el juicio valorativo expresado por la Audiencia en la sentencia conocida a finales de octubre, en el -prosigue el escrito- no existen pruebas de la participación del exalcalde. "La condena se sustenta en una radical falta de prueba de cargo", añade el escrito del abogado del exregidor, defendido por el letrado José Díaz. En el recurso se subraya que no existe, a juicio de la defensa, "ni una sola justificación o fundamento que sostenga el contenido de los hechos probados", apuntando que "la sentencia se limita a reproducir el contenido del escrito del fiscal, sin dar cuenta del material probatorio en el que se ha apoyado para considerar probado dicho hecho".

El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial declaró probado que en la Concejalía de Comercio, dirigida por el socialista Gabriel Echávarri, se produjo un "fraccionamiento deliberado y reiterado" por parte de los acusados, "a fin de eludir la normativa vigente en materia de contratación administrativa, que exige respeto a los principios de publicidad y concurrencia" en nueve de los 25 contratos sobre los que se alertó por funcionarios municipales (jefe de servicio de Comercio e interventor) de un posible fraccionamiento durante el ejecutivo del tripartito de izquierdas. "Dichas contrataciones debieron haber sido tramitadas legalmente mediante un concurso público en lugar de contrato menor, por referirse a objetos y tratarse de unidades funcionales", afirma el tribunal, para el que "si no se siguió la tramitación correcta fue para no superar el límite del contrato menor de servicios (que no puede exceder los 18.000 euros, sin incluir el IVA)", según recoge el documento judicial, en el que se añade que "la actuación administrativa de los condenados fue arbitraria al beneficiar, siempre y únicamente, a profesionales elegidos por propia voluntad del alcalde y de sus asesores".

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