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El Síndic reprueba al Consell y al Ayuntamiento por el retraso con la Renta de Inclusión

El Defensor del Pueblo valenciano afea al gobierno de Barcala que solo en registrar las solicitudes triplique el plazo máximo legal para emitir la resolución

El Síndic reprueba al Consell y al Ayuntamiento por el retraso con la Renta de Inclusión

El Síndic de Greuges critica al Ayuntamiento de Alicante, liderado por Luis Barcala (PP), y a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, dirigida por Mónica Oltra (Compromís), por los retrasos en la tramitación de la Renta Valenciana de Inclusión, que supera ampliamente los plazos máximos establecidos por la ley. Así lo recoge en una reciente resolución, todavía firmada por José Cholbi, en la que reprueba a las dos administraciones públicas por dilatar el procedimiento administrativo, «aumentando la incertidumbre que se deriva de la falta de resolución y ampliando aún más, si cabe, el sufrimiento soportado por las personas en situación de vulnerabilidad social y sus familias».

El Síndic aborda en este caso una queja ciudadana presentada en febrero de 2019, relativa a una petición para percibir la renta de inclusión solicitada en septiembre de 2018. «El Ayuntamiento de Alicante grabó el expediente en la aplicación informática el 22 de marzo de 2019, transcurridos seis meses desde la presentación de la solicitud. Contabilizando exclusivamente la demora en la grabación, se ha sobrepasado en cuatro meses el plazo para emitir la propuesta de resolución», subraya el Defensor del Pueblo autonómico, en un documento público en el que afea el proceso seguido por la administración municipal a la que urge a que «adopte las medidas necesarias para cumplir los plazos fijados en la legislación que regula la tramitación de los expedientes de Renta Valenciana de Inclusión, en especial en lo referente a la grabación de solicitudes, a la valoración y a la emisión de propuestas de resolución».

Alegaciones

Previamente a la resolución del Síndic, el Ayuntamiento alegó en su defensa que la Renta de Inclusión es una prestación autonómica que se tramita desde las administraciones locales. «Es una delegación de competencias que no ha sido suscrita y, por tanto, no ha ido acompañada de los medios personales, materiales y económicos necesarios», esgrime el ejecutivo local en un escrito remitido al Síndic en abril de 2019, en el que añade que «la entrada en vigor de la ley ha creado una expectativa en los ciudadanos que no es asumible desde los ayuntamientos debido a la grave situación en la que se encuentran por las demandas de información sobre requisitos y documentación que debe ser presentada». Y no solo eso, el gobierno municipal, que también critica al Consell por la «escasa» formación a los profesionales, admite la situación de su área social: «Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alicante se encuentran en una situación de colapso por la falta de medios personales necesarios para la tramitación de una prestación que no corresponde a su ámbito competencial».

Y aunque las principales críticas son al Ayuntamiento de Alicante («la demora ha producido que la conselleria no haya resuelto el expediente ni haya emitido de oficio»), el Síndic también exige mejoras al departamento autonómico dirigido por Mónica Oltra. Le pide que «revise y evalúe el procedimiento técnico administrativo implantado para la resolución de expedientes de Renta Valenciana de Inclusión, para lograr que se resuelvan en los plazos legalmente establecidos». Además, le sugiere que, dado lo dispuesto en la ley que determina la aprobación de una resolución favorable en virtud del carácter positivo del silencio administrativo, reconozca en el citado caso elevado al Síndic el derecho a la percepción de los «efectos retroactivos» de la prestación que corresponden a la persona, fijando dicho periodo desde el 1 de octubre de 2018 (primer día del mes siguiente al de la solicitud).

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