El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Alicante ha suspendido de forma cautelar el cierre del Arca de Noé, el centro de recuperación de especies exóticas y salvajes en la finca municipal El Roal de Tángel, que acordó el tripartito por vía de urgencia en la Junta de Gobierno Local del pasado 13 de diciembre. Se trata del tercer revés judicial que sufre el gobierno local que forman el PSOE, Guanyar y Compromís tras el auto judicial de reposición de las calles franquistas y el que ganaron tres centros comerciales para poder abrir los domingos. En estos dos últimos casos por mandato del juzgado de lo Contencioso 1 de Alicante.

En lo que respecta a la no autorización de la prórroga por tres años del contrato relativo a la «Gestión del centro educativo en materia de preservación medioambiental y de tenencia y protección de la fauna salvaje autóctona ubicado en la finca municipal El Roal», se trata de un auto con fecha 22 de marzo. En su contenido, el juez estima el recurso que la fundación de Raúl Mérida interpuso contra la resolución que dictó el 16 de diciembre la Jefa del Servicio de Contratación tras acordarlo el tripartito. Una extinción que suponía el cierre de las instalaciones y tener que realojar a más de un centenar de animales exóticos requisados en circos, en aduanas o encontrados incluso en vertederos, como dos leones hallados en Orihuela, para lo que el Ayuntamiento dio de plazo a Mérida hasta finales del próximo mes de mayo.

Entre los argumentos del juez para decretar la suspensión cautelar del cierre está el que las condiciones iniciales del contrato contemplaban una duración de cinco años, prorrogables por cinco periodos de tres años hasta un máximo de 20 años. La primera prórroga, recuerda en los razonamientos jurídicos, tuvo lugar el 10 de octubre de 2013. «Dicha circunstancia revela que existía una previsión de duración del contrato hasta 2028; dato que conviene relacionar con el acta de inspección favorable de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Agua», conforme a una inspección realizada en enero de 2015 a las instalaciones dirigidas por la Fundación Internacional para la Protección de los Animales Raúl Mérida.

El magistrado pone también el acento en que la decisión del tripartito conlleva «el necesario realojo de unos animales, así como la retirada de las instalaciones existentes, que presentan particularidades por tratarse de animales salvajes». Asimismo, destaca en el auto que, tal y como pone de manifiesto la fundación demandante, esos animales proceden en muchos casos de decomisos de las autoridades aduaneras o del Servicio de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona), encontrándose en situación de depósito y dependientes de diligencias de investigación o enjuiciamiento.

Para corroborar estas afirmaciones, Mérida aportó un certificado emitido por el jefe de la sección del Seprona sobre la colaboración de la Fundación Internacional para la Protección de los Animales con este departamento policial. También incorporó a su recurso una declaración de la Subdirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca sobre la colaboración del Arca de Noé en la recogida de caballos abandonados. De hecho, en noviembre la Generalitat emitió una declaración de interés sobre el Arca de Noé por su acogida de equinos de la Comunidad.

El juez considera que tales particularidades desaconsejan la dispersión de los animales en cuestión para su reubicación en otro lugar. Añade el daño que se ocasionaría a los animales «en caso de recaer una eventual sentencia estimatoria, con nueva reubicación de los mismos»; así como el perjuicio para la fundación, «de difícil reparación», tras la dispersión de los animales y la retirada de las instalaciones. Contra la resolución cabe interponer recurso de apelación en 15 días «en este juzgado para su conocimiento por la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana».