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El nuevo Código Penal deja a las aseguradoras los accidentes leves

El texto prevé que todos los pleitos por accidentes leves, como colisiones por alcance, se resuelvan por lo civil

Juan Carlos Cerón durante su conferencia esta semana sobre los efectos de la reforma. ANTONIO GARCÍA

La reforma del Código Penal dejará a más de 7.000 víctimas de pequeños accidentes de tráfico en la provincia de Alicante sin la posibilidad de que sean reconocidos de oficio por un médico forense, ni ser asistidos por abogados, según confirmaron a este diario fuentes judiciales. A partir del 1 de julio, todos los juicios de faltas que hasta ahora se celebraban por las lesiones ocasionadas en estas colisiones, como pueden ser choques por alcance, pasarán a resolverse por la vía Civil en lugar de la Penal. «En Penal el juzgado actúa de oficio una vez que se presenta la denuncia por parte del perjudicado. En Civil, es el denunciante quien debe probar las lesiones y encargarse de su reconocimiento médico para acreditarlas ante el juez», explicaron las mismas fuentes. Todo quedará en manos de las compañías de seguros. Una reforma con efectos perversos, ya que mientras se aligera de carga de trabajo los colapsados juzgados, se deja con el temor de que los afectados queden a expensas de lo que decidan las aseguradoras.

La situación ha sido abordada esta semana en el Colegio de Abogados que ha organizado unas jornadas para analizar la reforma del Código Penal. El magistrado Juan Carlos Cerón señaló que hasta ahora los juzgados instrucción jugaban un importante papel ante las víctimas de los accidentes. «Se les informaba de sus derechos, se ponía a su disposición un médico forense para que valoraran sus lesiones e incluso si hacía falta se investigaba quién era el conductor del otro vehículo», explicó.

El 80% de estos procesos solían cerrarse con un acuerdo de conformidad y el juicio no llegaba a celebrarse. Lo habitual es que un mismo juzgado acumulara varios de estos procesos a lo largo de una mañana y a ellos ni siquiera iba el fiscal, a no ser que se tratara de un caso especialmente grave. Una vez que había un informe objetivo de un forense indicando las lesiones del accidentado, la compañía de seguros del otro vehículo finalmente accedía a pagar antes de que tuviera que hacer frente también a los intereses.

A partir del día 1 de julio, todas estas faltas desaparecen. Tan sólo se van a considerar delito los casos más graves, como el exceso de velocidad, saltarse algún semáforo. «La gravedad no la determinan las lesiones que sufra la víctima, sino la imprudencia cometida por el conductor que causa el accidente», explicó Cerón.

Todos estos expedientes por siniestros leves pasarán ahora a resolverse entre las compañías de seguros de los coches implicados. Serán esos médicos peritos de las compañías las que se encarguen de reconocer a los lesionados. «La participación de un forense era garantía de que se hacía un informe objetivo. Ahora, al tratarse de informes elaborados por las compañías hay más probabilidad de que no se pongan de acuerdo», señaló Francisco Fresno, abogado que suele trabajar para pleitos de tráfico entre aseguradoras, a lo que añadió que «no sabemos si el nuevo sistema será mejor o peor es un cambio».

Uno de los principales problemas que ven los jueces es que la vía civil es mucho más lenta y en estos momentos es una de las jurisdicciones más colapsadas como consecuencia de los pleitos derivados de la crisis económica, como los desahucios o las reclamaciones de deuda. Tampoco está contemplado el que el demandante pueda contar con un abogado de oficio para presentar el pleito. «La compañía aseguradora que tenga más claro que va a perder el pleito será quien se muestre más interesada en llegar a un acuerdo», puntualizaron las fuentes consultadas por este diario. El reconocimiento médico para evaluar los daños tendrá que ser asumido por la compañía aseguradora o el interesado deberá costeárselo de su propio bolsillo.

Para el presidente de la Audiencia de Alicante, Vicente Magro, que ya elaboró un informe alertando al ministerio sobre los efectos de esta medida, señaló que «la nueva situación obliga a tener a médicos especializados en daños corporales por accidentes de tráfico y expertos en mediación penal para asegurarnos de que estos procedimientos dejen la vía judicial y sólo se deba juzgar en los casos en los que no sea posible llegar a un acuerdo entre todas las partes implicadas».

Indemnizaciones

Paralelamente, el Gobierno aprobó a mediados del pasado mes de abril un proyecto de ley que actualizará las indemnizaciones a las víctimas de accidente de tráfico, que se incrementarán en el caso de muerte una media de 50% y en el de las lesiones, un 35%. La indemnización por la muerte de un padre de familia con ingresos netos anuales de 38.000 euros, que deje viuda y tres hijos menores de 12 años, pasará de los 335.519 euros actuales a los 671.480 euros. Según el proyecto, una profesional con una renta superior a los 60.000 euros anuales que sufriera la amputación parcial de una pierna en un siniestro de tráfico duplicaría la actual indemnización, al pasar de 350.000 euros a un máximo de 750.000 euros.

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