La Audiencia de Alicante ha condenado a penas que suman dos años y nueve meses de prisión al exconcejal del Ayuntamiento de Alicante y regatista olímpico, Francisco Sánchez Luna, por el llamado caso de los telecentros, según el fallo al que ayer tuvo acceso este diario. La sala le impone también seis años de inhabilitación y dos multas de 7.500 y 2.700 euros. El tribunal considera que Sánchez Luna cometió un delito de cohecho y otro continuado de prevaricación en concurso con otro de falsedad documental, pero le absuelve de malversación al considerarlo incluido en el primero. Se trata de la primera condena por un delito de corrupción a quien fuera edil del Ayuntamiento de Alicante y, en caso de que la sentencia adquiera firmeza, el exregidor de Modernización Urbana tendría que ingresar en prisión. El fallo no es firme y contra él cabe recurso ante el Tribunal Supremo. El exedil ha tenido que declarar esta semana en el juzgado como imputado por otra investigación por fraude fiscal por los negocios de su familia.

Otras cuatro personas que se sentaron en el banquillo junto a él han sido también condenadas. Sólo Jacobo Sánchez Luna, hermano del exedil y representado por el abogado Pedro Beltrán, ha sido absuelto de los hechos al no considerarse probado que tuviera relación con la trama.

La sentencia de la Sección Décima de la Audiencia considera probado que existió un acuerdo previo entre Kiko Sánchez Luna, su asesor Santiago Colomo (condenados también a dos años y nueve meses) y Juan Carlos Eslava (penado con dos años y tres meses) para adjudicar a este último el contrato menor por los trabajos del diseño e imagen de los doce telecentros que se iban a ubicar en distintas zonas de la ciudad y cuyo objetivo era acercar al ciudadano el uso de las nuevas tecnologías.

La ejecución de los trabajos se encargó a una empresa ligada al exconcejal, Información y Sistema de Datos. Kiko Sánchez había sido apoderado de la mercantil, su hermano Jacobo, era el administrador y Eslava el apoderado actual. Sobre el papel, ante el Ayuntamiento el adjudicatario oficial era Rótulos CTM, que debía pagar el 50% del precio acordado con la concejalía a Eslava, un sistema que éste pactó con Juan Antonio García Egea que, según el fallo, era conocedor de la trama y ha sido condenado a seis meses. «Las cantidades pagadas por el Ayuntamiento de Alicante ascendían a 19.750 euros sin IVA, lo que excedió en 2.500 euros el presupuesto inicial, cantidad que no obedece a concepto alguno», dice la sentencia. Según los jueces, «esta cantidad es lo que constituye el objeto del cohecho como dádiva o cantidad que obtendrían los acusados por propiciar y favorecer de forma indirecta» a la mercantil del exedil y señalan que «los presupuestos fueron inflados».

La resolución incide en que la empresa ligada al exedil «no podía aparecer como contratista para no evidenciar las relaciones existentes entre los acusados». Sin embargo, el problema llegó cuando hospitalizaron a García Egea y su padre, José Antonio García Roza, se hizo cargo de la gestión de la empresa. El padre se negó a pagar a Eslava la mitad de lo facturado y éste amenazó con hacer que el Ayuntamiento le bloqueara el abono de las facturas restantes. Al cumplirse las amenazas, el padre denunció los hechos ante la Fiscalía Anticorrupción aportando conversaciones grabadas con dos de los implicados.

La Audiencia considera probado que Kiko Sánchez Luna cometió prevaricación al paralizar el pago de las facturas restantes a Rótulos CTM con el pretexto de que los trabajos «no habían sido encargados por el Ayuntamiento», que no se considera perjudicado por estos hechos. En el juicio, los acusados alegaron que la obra no se había terminado. Según la Audiencia, los trabajos estaban terminados «a falta de detalles no esenciales» y no existía motivo alguno para devolver las facturas presentadas.

Los jueces consideran «ilógico» que el exedil no conociera estos hechos y se mantuviera al margen. Posteriormente, a través de una empresa de azafatas Sinéresis, la acusada Covadonga Marcos, que era la pareja sentimental de Eslava, presentó dos facturas como si la mercantil hubiera terminado los trabajos. «Estas facturas no corresponden a ningún trabajo efectivamente realizado y es vía indirecta planeada por Eslava para obtene r el cobre de las cantidades que a él le correspondían por su trabajo intelectual de diseño», dice el fallo. Motivo por el que la condenan a seis meses de prisión.

Sentencia del Tribunal Supremo

Un año después del fallo de la Audiencia de Alicante, el Tribunal Supremo la revisó, decidiendo condenar a a 8 años y seis meses de inhabilitación por un delito de prevaricación al ex regatista olímpico y exconcejal del PP del Ayuntamiento de Alicante Francisco 'Kiko' Sánchez Luna. El alto tribunal decidió absolverle de los delitos continuados de cohecho y falsedad documental, lo que conllevó la anulación de la pena de prisión que le impuso la Audiencia. En este enlace puede encontrarse la noticia en la que se informa de la sentencia del Supremo que zanjó este caso: 

https://www.informacion.es/sucesos/2016/09/13/supremo-condena-prevaricacion-exedil-alicante-6087549.html