Y van tres. La Audiencia Nacional ha obligado por tercera vez a la magistrada Carmen Lamela a investigar si hubo delito en la comercialización de la cuotas participativas de la CAM, un proceso al que la instructora ha dado otros tantos carpetazos en lo últimos tres años. En un auto de la sección tercera del que ha sido ponente el magistrado Alfonso Guevara se obliga a la juez a acordar la testifical propuesta por el abogado Diego de Ramón, que representa a cerca de un millar de afectados por la compra de estos productos similares a las acciones pero sin derechos políticos ideado para las cajas y que compraron más de 55.000 clientes. En un escrito que, frente al criterio de Lamela, el tribunal considera dentro de plazo, el letrado pedía que testificaran ocho vendedores de cuotas para conocer cuál era la información que facilitaban a los compradores. Una prueba que ahora tendrá que acordar la magistrada.

Hace dos meses Lamela concluyó que «no puede afirmarse que existiera una trama urdida desde la dirección de la CAM para provocar un engaño en sus clientes llevándoles a suscribir un producto de riesgo, ocultando la verdadera naturaleza y condiciones, a fin de asegurar que la emisión de las cuotas fuera un éxito y una ganancia segura para la entidad». Para la juez, lo que sí parecía claro "es que el actuar de los empleados de la CAM sí fue dispar en las distintas oficinas». Motivo por el que, según su criterio, «habrá que examinar cada supuesto por separado en relación a cada una de las personas que afirman haber sido engañadas y, atendiendo a las características de los clientes y la actuación del concreto empleado de la entidad que les llevó a suscribir las cuotas, determinar si efectivamente se produjo el engaño y el perjuicio que se afirma por cada uno de ellos».Una actuación que, afirmaba, «excede desde luego de lo que es el objeto del presente procedimiento (en alusión al abierto en la Audiencia Nacional) y de las personas en el mismo investigadas (donde se encuentran los exdirectores generales de la caja Roberto López Abad y María Dolores Amorós) y deberá ser investigada en su caso por el juzgado territorial del lugar donde fueron suscritas las cuotas participativas».Informar del riesgo

Lamela resolvió cerrar el caso hace un par de meses tras tomar declaración a una pequeña muestra de compradores de cuotas y de empleados de la CAM que las vendieron. Como resumen de estas comparecencias la instructora hacía constar que los trabajadores aseguraron que «se informaba a los clientes del riesgo, se les entregaba un tríptico que tenían que firmar y, a continuación, se les hacía un test de conveniencia que venía con la aplicación informática con la que necesariamente se tenía que hacer la suscripción de las cuotas». De otra forma, precisaron, la operación era imposible.

Los cinco empleados, ninguno de ellos de Alicante y seleccionados por el Sabadell, donde ahora trabajan, precisaron que si el resultado del test era negativo, la venta se podía realizar «siempre que al cliente se le explicase y así lo quisiera». Y que, «al igual que otros productos que cotizaban en Bolsa, podían variar de valor y venderse». También añadieron que a los compradores «se les daba un tríptico con toda la información, así como un folleto informativo (...) sobre las características del producto y riesgos». Agregando que «el depósito previo del 6% que se realizaba por cliente antes de la suscripción no era obligatorio para contratar las cuotas y se podía revocar en cualquier momento».

En cuanto a los suscriptores (ocho en total, de los que tres son de Alicante), la juez concluía que «se encuentran en muy diferentes condiciones. Desde los que han declarado que conocían todas las circunstancias hasta los que han manifestado que nada sabían sobre la verdadera naturaleza del producto y sus riesgos».

«Igualmente dispares» fueron para la instructora las declaraciones de los compradores sobre «si recibieron de palabra y/o por escrito la debida información, así como la forma en que llegó a su conocimiento la existencia del producto (por los empleados, por un familiar o amigo, por los directores de la sucursal en la que trabajaban, etc) o acerca de si les hicieron o no un test de conveniencia».

Lamela destaca el hecho de que mientras varios de los declarantes aseguraron haber sufrido un perjuicio económico, otros afirmaron justo lo contrario. «Algunos han recuperado todo o parte de la inversión a través de pactos con la CAM o con el Sabadell, mientras que otros la han perdido», reseña la magistrada para concluir que «con tales datos no han podido conocerse las verdaderas condiciones en relación a la emisión y suscripción de cuotas participativas». Por ello sugería que cada afectado acudiera individuamente al juzgado del lugar donde compró estos valores.

Con independencia de que al final sea ésta la solución, la magistrada de momento está obligada a reabrir el caso.