El Juzgado de Instrucción número 4 de Elche ha dictaminado el sobreseimiento provisional, sin imputar cargos penales al Ayuntamiento de Crevillent, sobre el caso del desamiantado durante el derribo de las viejas naves de Imperial. En este sentido, la nueva documentación aportada por el alcalde de la localidad, César Augusto Asencio, así como las declaraciones del primer edil, los trabajadores y de la contrata de limpieza han sido fundamentales para esclarecer los hechos y exculpar al Consistorio crevillentino de un delito contra la salud de los trabajadores por no tomar medidas de seguridad en el tratamiento del amianto durante la demolición.

El alcalde del municipio, que fue citado a declarar el pasado 17 de mayo, adjuntó en su comparecencia los documentos del plan de desamiantado aprobado por el Ayuntamiento y autorizado por la Dirección Provincial de Trabajo y la resolución de un expediente de la Inspección de Trabajo. Este expediente anulaba una denuncia del grupo municipal de Esquerra Unida- Esquerra Republicana y archivaba la documentación en 2015.

El plan de desamiantado de 2012, aprobado por el Ayuntamiento, no constaba hasta la fecha en el auto judicial, siendo uno de los motivos por los que el Ministerio Fiscal había recurrido la resolución alegando contraindicaciones y lagunas sobre el caso. Por ello, la Audiencia Provincial ordenó que se realizasen más diligencias a instancias de la Fiscalía. Según el Ayuntamiento crevillentino, dichos documentos no fueron enviados al juzgado cuando se reclamó el expediente de demolición de Imperial porque el derribo se gestionó desde el área de obras y el plan de desamiantado se quedó en la oficina técnica que supervisaba dicha obra. Por su parte, los trabajadores y la contrata de limpieza coincidieron en su testimonio, e indicaron que se encontraron en una situación de posible riesgo, que podría haberles perjudicado y contaron de qué labor se encargó cada uno de ellos.

El Juzgado de Instrucción archivó en dos ocasiones las diligencias de investigación, entendiendo que no había delito contra la salud de los trabajadores, mediante autos de diciembre de 2012 y de enero de 2015. De esta forma, tras estudiar la nueva documentación, el juzgado no ha solicitado más pruebas adicionales, considerando aclaratorias las presentadas por el Ayuntamiento.

De esta forma, el juez ha archivado provisionalmente el caso, al entender que no existen elementos que revelen responsabilidad penal, que tenga que ser castigada. Este sobreseimiento permanecerá abierto provisionalmente, durante un periodo de cinco años, según el delito que se investiga, hasta que se archive definitivamente si no se presentase ninguna prueba relevante más que pudiera cambiar el rumbo de la investigación. No obstante, desde la Fiscalía señalaron que el caso ya contiene la mayor parte de documentación, información y testimonios necesarios para el mismo, por lo que no se esperan grandes cambios sobre la última decisión del juzgado.