La Fiscalía de Alicante ha pedido diez años de inhabilitación para él desde hoy ex alcalde de Alicante Gabriel Echávarri por un delito de prevaricación por el despido de la cuñada del portavoz del PP Luis Barcala, según han conformadfo a este diario fuentes cercanas al caso. El escrito de acusación se ha presentado esta misma mañana al juzgado, el día que se ha oficiliazado la renuncia de Echávarri al cargo, y cuando aún está pendiente de resolver el recurso de apelación por parte de la Audiencia sobre el procesamiento del ex primer edil.

La juez consideraba el despido como «una evidente, flagrante y clamorosa desviación de poder, dando apariencia de legalidad a la voluntad del alcalde que se erige como fuente del Derecho y ejerciendo sus facultades de forma manifiestamente arbitraria».

El despido se produjo después de que el PP denunciara en la Fiscalía a Echávarri por un presunto fraccionamiento de contratos en la concejalía de Comercio.

La magistrada acordó también el sobreseimiento de la causa para el concejal de Recursos Humanos, Carlos Giménez. En el auto se explica que aunque Giménez era la persona que firmaba el decreto de cese, lo hizo movido «por la preeminencia orgánica del alcalde respecto a él» y no había quedado suficientemente acreditado que cometiera delito alguno. El edil está defendido en esta causa por el abogado Alejandro Bas del bufete Ruiz Marco.

La acusación se apoya en el auto de procesamiento que considerab que el primer edil, a pesar de que no tenía competencias para ello, ordenó el despido inmediato de «la cuñada de Barcala», la técnico de museos Catalina Rodríguez, sin hacer mención alguna a la causa por la que debía ser cesada y todo ello el día después de que el portavoz del PP en el Ayuntamiento le hubiera denunciado en la Fiscalía.

La magistrada argumenta que eran muchos los interinos en el Ayuntamiento, algunos de ellos en exactamente la misma situación que la funcionaria cesada, pero sólo se ordenó el despido de Catalina Rodríguez. «De ello se desprende que la voluntad del alcalde era cesar a la funcionaria como represalia a la denuncia interpuesta contra él», concluía la juez. En el auto se señalaba que el funcionario que recibió el encargo de redactar el decreto de despido «debió advertir lo irregular de recibir tal orden directamente del alcalde, motivo por el que le solicitó que se la diera por escrito», algo a lo que el alcalde se negó, «consciente sin duda de la irregularidad del procedimiento».

Para dar forma jurídica a la orden del alcalde, los dos funcionarios elaboraron un decreto de cese indicando que la causa había sido que se había cumplido el objetivo para el que inicialmente fue contratada. Se argumentaba que Catalina Rodríguez entró en el Ayuntamiento para poner en marcha el Museo de Arte Contemporánero de Alicante (MACA) y el complejo de Las Cigarreras y en ese momento preparaba las exposiciones de la Lonja del Pescado. Sin embargo, la juez considera que el traslado de la interina se produjo por decisión de la Concejalía de Cultura, una situación que estaba contemplada por la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

La juez citaba además el informe que el área de Cultura, entonces en manos del edil de Guanyar Daniel Simón, remitió a la Fiscalía en el que se decía que «no podía renunciar a una técnico de museos, por interina que fuera, so pena de incurrir en irresponsabilidad que dejara sin servicio a los centros culturales municipales». Asimismo, la juez apostillaba que, aunque se había excedido el límite de prestación de los servicios de Catalina Rodríguez, éste no fue la causa que se invocó en el decreto de cese.