El juzgado de Instrucción 2 de Torrevieja no ve delito de prevaricación en el hecho de que a dos policías locales en prisión preventiva, implicados en una supuesta trama de extorsión como medida cautelar disciplinaria, no se les redujera su nómina mientras permanecían en la cárcel, y ha archivado las diligencias de investigación que abrió por una denuncia de Comisiones Obreras. El sindicato, que recurrirá el sobreseimiento, señalaba en su denuncia como supuesto responsable a la hora de ordenar un procedimiento disciplinario contra los agentes y reducción de retribuciones al comisario Vicente Gutiérrez, que declaró como investigado en esta causa, ahora archivada.

La jueza Juana López Hoyos argumenta que «no es suficiente que una resolución sea contraria derecho para que constituya un delito de prevaricación (...). Una resolución ilegal no es, solo por ser ilegal, una resolución injusta. El control de la legalidad de los actos de la administración -agrega-corresponde en principio a la jurisdicción contencioso administrativa». Y que para que exista un delito de prevaricación por parte de un funcionario «debe actuar a sabiendas de la injusticia de la resolución», algo que la jueza no aprecia en este caso.

La magistrada señala que le mando no llegó a realizar en este asunto resolución administrativa resolutiva alguna, ni a favor ni en contra, sobre la petición de medidas cautelares contra los agentes -uno de ellos hijo de un exinspector- solicitada por el entonces alcalde, José Manuel Dolón, y el director general de la Policía, Javier Mínguez.