La Audiencia Provincial ha condenado a un arquitecto técnico municipal, ya jubilado, a dos años de prisión por un delito de falsedad documental al no hacer constar en un informe de 2005 las ilegalidades urbanísticas de un edificio. No lo hizo en el marco de su labor inspectora en el departamento de disciplina urbanística del Ayuntamiento de Torrevieja y además aseguró que el inmueble se ajustaba a la licencia otorgada.

El promotor del edificio, ubicado en el centro de la ciudad, era Pascual Ortiz Roche, en ese momento concejal de Hacienda y propietario del ático en el que se centran las irregularidades.

En el inmueble se levantó un habitáculo de ampliación del ático habitable y no se respetaron los retranqueos de las plantas cuarta y quinta.

Esta "inspección ocular sesgada" permitió que las denuncias administrativas que derivaron en un expediente de disciplina urbanística no prosperaran y se archivaran por caducidad y "que el expediente siguiera un curso muy diferente al que debiera, como una posible orden de demolición de las obras ilegales", siempre según la sentencia que ha hecho pública Los Verdes.

El acusado, dice el fallo, al redactar un informe "manifestando que no existía ninguna irregularidad perjudicó con esa falsedad al interés público y benefició los intereses de un particular". Una falsedad documental "en su modalidad de engaño en la narración de los hechos".

Las ilegalidades urbanísticas "eran y siguen siendo flagrantes", recalca la Audiencia y que provocan que los compradores de los pisos no hayan podido obtener la licencia de primera ocupación.

La sentencia valora a la hora de condenar al técnico "la especial gravedad que supone, no ya el hecho de que el acusado ostentase la condición de funcionario público en el ejercicio de sus funciones, sino el tipo de función pública que ejercía al tiempo de cometer el delito": era uno de los arquitectos técnicos adscritos al departamento de disciplina urbanística encargado de realizar los informes sobre la legalidad de las obras ejecutadas en Torrevieja "el garante y protector de la legalidad urbanística", aclara la sentencia.

La resolución judicial llega 13 años después de la primera denuncia penal, presentada por José Manuel Dolón, en noviembre de 2006, en ese momento concejal de la oposición. Ya en 2004 y 2005 había registrado denuncias administrativas alertando de la ilegalidad en el Ayuntamiento de Torrevieja. El juicio tuvo lugar en julio de este año.

La sentencia de la Audiencia, notificada ayer a las partes personadas, explica que el concejal José Manuel Dolón, alertó de que este edificio de 9 viviendas levantado en la calle Clemente Gosálvez no se ajustaba a la licencia que otorgó el Ayuntamiento para su construcción al no respetarse los retranqueos en la planta cuarta ni en la quinta y conectarse una construcción levantado en la cubierta con el ático para prolongar la zona habitable.

El 22 de junio de 2005, el ahora condenado - que puede recurrir el fallo- acudió a realizar una inspección ocular. Lo hizo, según el la resolución judicial a la que ha tenido acceso INFORMACIÓN, "de forma sesgada, desde el exterior" con lo que su informe "no podía responder a la realidad" y concluyendo que "las obras se ajustan al proyecto presentado y para el que obtuvo la correspondiente licencia municipal de obra mayor".

La sentencia subraya que el acusado "conocía", tanto por las denuncias de Dolón como por el hecho de que se habían hecho públicas en medios de comunicación, que las ilegalidades consistían en una sobreplanta convertida en vivienda anexa al ático y la ausencia de retranqueo de 45 grados en la planta cuarta y en la quinta y que esas construcciones no estaban amparadas por la licencia.

Desde la calle

El acusado admitió en el juicio que solamente había observado el edificio "desde la calle", sin entrar en él "porque no le contestaban al timbre" y "además no lo consideró necesario (entrar)". También alegó que no usó fotografías aéreas para comprobar las ilegalidades porque en ese momento - 2005- "todavía no se hacían".

Y mantuvo que su informe era "veraz" porque "pues se limitó a contestar la denuncia formulada en cuanto a la legalidad del habitáculo construido y que las otras irregularidades no fueron denunciadas". Para los magistrados esta última "observación" del acusado no deja de "ser sorprendente, viniendo de un funcionario público cuyo cometido principal en ese momento era informar sobre ilegalidades urbanísticas en Torrevieja", más en un caso "donde la polémica sobre las irregularidades del edificio era pública y notoria" en los medios de comunicación tras su denuncia por José Manuel Dolón.

Los jueces tachan esas explicaciones del acusado como "exculpatorias y pueriles" y añaden que el acusado para comprobar las irregularidades "podría haber hecho algo tan simple, entre otras cosas, como concertar una cita para otro día con el propietario del ático -que transfirió después la titularidad a su hijo-, concejal del Ayuntamiento de Torrevieja al que habría tenido fácil acceso por ser funcionario del mismo Ayuntamiento o haber solicitado el auxilio de la Policía Local".

Otro técnico municipal que realizó una inspección del inmueble, ya en 2010, declaró en el juicio que que la conversión del habitáculo construido sobre la cubierta en el anexo habitable del ático "no se puede apreciar si no es entrando en el edificio" y que el "habitáculo estaba autorizado por la licencia pero no su comunicación con el ático ni su conversión en un anexo habitable". Además, aclaró la falta de retranqueo en la planta cuarta y el deficiente retranqueo de la quinta sí se podía observar a simple vista desde el exterior - algo que el acusado no vio-.

Falta de sinceridad

Los testimonios en la vista oral de Pascual Ortiz Roche y de su hijo, según la sentencia, "no aportaron nada relevante a los hechos juzgados" al margen de negar "ambos" que el propietario original del terreno donde se construyó el edificio y quien solicitó la licencia fue Pascual Ortiz Roche. "Lo tuvieron que reconocer finalmente al enseñarles el letrado de la acusación el documento que lo acreditaba". Para los jueces "la falta de sinceridad mostrada sobre esta cuestión, que en principio carece de importancia a los efectos" de lo que se estaba juzgando hizo que los magistrados ya "pusieran en duda la credibilidad del resto de lo declarado por los testigos".

El Ministerio Fiscal pedía cuatro años de prisión y la acusación particular seis. Acusación ejercida por José Manuel Dolón durante 14 años a través del letrado Jose Luis Bordera. Los magistrados de la Audiencia han aplicado el atenuante de dilaciones indebidas a la hora de rebajar la pena a dos años al acusado, por el retaso de la Justicia en resolver el procedimiento, ajena al condenado.