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San Fulgencio

El Tribunal de Cuentas obliga al exdirector y al exsecretario de un colegio a reintegrar 10.005 euros

La sentencia acredita que ingresos en efectivo de los alumnos de comedor no se registraban en la cuenta bancaria del centro. Las irregularidades fueron denunciadas por la inspección en 2015

Imagen del colegio público «José Manresa» de San Fulgencio. TONY SEVILLA

El Tribunal de Cuentas ha ordenado al exdirector y el exsecretario del colegio público «José Manresa» de San Fulgencio, como responsables contables directos, al reintegro de 10.005 euros a la Generalitat. El agujero contable se centró en los ingresos en efectivo de los alumnos usuarios del comedor que no se reflejaron en la cuenta bancaria del colegio público. La investigación lo inició la inspección educativa de la zona a mediados de 2015 tras detectar supuestas irregularidades en la gestión económica del centro.

La Conselleria de Educación se tomó en serio la alerta porque reflejaba indicios claros de irregularidades y ordenó la eleboración un informe especial de la Intervención General de la Generalitat. La abogacía de la administración autonómica lo trasladó al Tribunal de Cuentas y al juzgado de Instrucción de Orihuela. En ambas causas se personó el Ministerio Fiscal.

El entonces director -que lo había sido durante 32 años en el mismo centro- y el secretario desde 2012, cesaron en el cargo en agosto de 2015, poco después de que se descubrieran las anomalías. La investigación se centró solo en los últimos ocho meses de gestión de la contabilidad de ambos cargos de la junta directiva: entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de agosto de ese mismo año

Para el Tribunal existe una «conexión directa entre el daño producido a los fondos públicos de la Generalitat y la existencia de unas cantidades cobradas en metálico por el centro y cuyo destino no ha sido justificado». Además de una «infracción de la normativa contable y presupuestaria del sector público, vulnerando las normas que regulan la gestión económica de los centros de la Generalitat, en relación con la justificación de los gastos, la instrumentación contable y el archivo de documentación».

La misma resolución considera que estos funcionarios «no han podido justificar la diferencia entre las entradas y las salidas de fondos en efectivo». Han incurrido«como mínimo, en negligencia grave en la gestión de los fondos públicos del centro que tenían encomendada». El agujero contable que no pudieron justificar documentalmente ni en el juicio, se centró en los ingresos en efectivo del alumnado usuario del servicio de comerdor. Esos ingresos eran mucho mayores que lo que reflejó el libro de caja del colegio y la cuenta bancaria. Al cierre del ejercicio de 2015 la contabilidad reflejaba que el saldo bancario debía de ser de 72.642. Pero en la cuenta había sólo 54.803,33 euros. El margen fue reduciendose al contabilizar otros cargos, resultando finalmente esos 39.104 euros de descuadre.

Finalmente, tras el procedimiento del Tribunal de Cuentas al que acudieron a declarar los exdirectivos y la inspección educativa que desveló la irregularidad como testigo, ese «hueco» en las cuentas ha quedado fijado en diez mil euros. La investigación se ha prolongado cuatro años -los dos últimos en manos del Tribunal de Cuentas-. El organismo de fiscalización del dinero público ha resuelto el procedimiento una vez a analizada la contabilidad, los soportes documentales, los extractos de la cuenta bancaria y una vez realizada la conciliación ente la contabilidad y los movimientos de la cuenta bancaria y tras escuchar a las partes.

Sin competencias

El exsecretario alegó que no tenía la gestión o el manejo real del dinero del colegio; no gestionaba la cuenta corriente bancaria del centro, ni ejercía ningún tipo de competencia en materia económica ni contable, siendo ejercidas todas las funciones de esta clase por el director. El exdirector argumentó que «ha sido imposible acreditar» que sea responsable de esas irregularidads y atribuyó «una serie de duplicidades e irregularidades contables que fueron introducidas en el libro de gestión del centro educativo por el nuevo equipo directivo». El Tribunal de Cuentas no creyó estos argumentos.

Un juzgado de Orihuela investiga la misma causa por supuesta apropiación indebida y falsedad documental

La abogacía de la Generalitat incorporará la condena del Tribunal de Cuentas a la investigación penal

La condena del Tribunal de Cuentas se incorporará al procedimiento abierto por un juzgado de Instrucción de Orihuela por su puesta apropiación indebida, prevaricación y falsedad en documento público en el que se señala a los dos exdirectivos del centro. Delitos que en el caso de la falsedad documental y la apropiación indebida suponen penas de cárcel en caso de probarse, además de conllevar la inhabilitación para ejercer un cargo público.

Los centros públicos funcionan bajo los criterios de fiscalización de la administración pública pero en pequeño. Los colegios manejan un presupuesto anual sufragado mayoritariamente por las arcas de la administración autonómica, aunque para el caso de los colegios de Infantil y Primaria los municipios asumen gastos como la limpieza, mantenimiento, arreglos de escasa entidad y personal -la provisión de conserjes-. El principal ingreso propio que puede generar un centro educativo de estas características es del comedor. Los colegios pueden fijar el precio del menú, y conocer los márgenes de ingreso. Como si de un Ayuntamiento se tratara los centros, a través de los directores, tienen competencias para adjudicar gastos en suministros, bienes y servicios. El contrato más importante suele ser también el del catering del comedor, del que se deriva contratación de monitores y personal de cocina. Que deben ser provistos por las empresas, aunque en ocasiones median los centros de forma extraoficial. Algunas decisiones se toman en el Consejo Escolar elegido en elecciones y formado por padres, alumnos, personal no docente y el director. Aunque es el director el máximo responsable y el que es ratificado por Educación.

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