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Benejúzar

La Audiencia estudia anular el señalamiento del juicio por delito electoral del PSOE

La sala ha tardado tres años en trasladar al fiscal la solicitud de archivo de la defensa de los investigados, entre ellos el actual alcaldable Miguel López

El alcaldable Miguel López. agencias

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial ha trasladado a la Fiscalía y a las partes personadas en el procedimiento por el que se acusa de delito electoral a ediles y exediles del PSOE de Benejúzar que se pronuncien sobre algunos de los recursos presentados por las defensas hace más de tres años. En este caso el que reclama la nulidad de las actuaciones y la devolución del procedimiento al juzgado que instruyó las diligencias. La resolución de la sala está firmada el 10 de junio. Entre los acusados por delito electoral se encuentra el candidato a la Alcaldía y a diputado provincial Miguel López -que negocia a estas horas arrebatar la vara de mando al PP con un acuerdo con Ciudadanos-. Si este recurso prospera se suspendería el señalamiento aunque no la instrucción.

Como avanzó INFORMACIÓN el pasado mes de diciembre, la Audiencia señaló juicio contra cinco ediles del PSOE de Benejúzar por un supuesto delito electoral para el 22 de septiembre de 2021 sin que esta sala, ni el juzgado de Instrucción de Orihuela, que investigó la causa, hubieran resuelto ninguno de los cinco recursos interpuestos por la defensa de los acusados. Entre la fecha de auto de apertura de juicio oral en abril de 2016 y el señalamiento que se produjo a principios del mes de diciembre de este año ni el juzgado ni la Audiencia no se había pronunciado sobre estos recursos. Ahora ha comenzado a tramitarse uno de ellos. Pueden resolverse antes de la fecha del señalamiento del juicio, sin que se modifique la fecha de la vista oral. Pero en el caso de prosperar el juicio se suspendería.

Entre esas impugnaciones figura la que se advertía al juzgado de Instrucción Número 3 de Orihuela, el que investigaba los hechos, había sobrepasado el plazo de instrucción de 6 meses sin solicitar formalmente declarar la «causa compleja». El procedimiento penal reclama la tramitación de esta petición en caso de que se quiera prolongar la instrucción. Un aspecto formal de plazo rebasado que ha obligado al archivo de causas en todo el país. Ante el mismo juzgado se presentaron dos recursos más y otro de reforma, en los que se solicitaba el sobreseimiento y nulidad de las actuaciones porque se consideraba que en la resolución por la que se abre juicio se omite «toda mención a cuáles son los indicios de delito y qué actos de los ediles pueden incardinarse en el delito investigado». Tampoco se ha pronunciado la Audiencia sobre la apelación contra el auto de apertura de juicio oral y que el propio juzgado dio por tramitado y elevado a la Audiencia el 21 de junio de 2016. La defensa de los ediles advierte que esta falta de resolución tanto del juzgado como de la Audiencia supone «un evidente quebranto de las normas y garantías procesales, de la tutela judicial efectiva y generador de un palmaria indefensión». L a denuncia fue registrada por el PP en 2015 al detectar que se estaba repartiendo propaganda electoral en la que se pedía el voto para los socialistas antes de lo que permite la Ley

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