«Pegarle un tiro a ese alcalde de mierda». Es el comentario que escribió una mujer en la red social Facebook en una noticia de noviembre de 2017 que anunciaba el inminente traslado de la Cruz de los Caídos de la Plaza de España de Callosa de Segura y dirigido al regidor callosino, el socialista Fran Maciá. Maciá denunció en el cuartel de la Guardia Civil lo que consideró una amenaza directa contra su vida y el fiscal pidió abrir una causa contra esa mujer al considerar que sus palabras podían ser constitutivas de un delito leve de amenazas. Sin embargo, para la magistrada del juzgado de instrucción número 3 de Orihuela, encargada del procedimiento, la expresión vertida por la acusada es «reprochable socialmente, fruto de la mala educación o mal gusto» pero, sin embargo, no encaja en el tipo penal del delito de amenazas y, por tanto, acaba de dictar una sentencia absolutoria a favor de la autora de esa frase.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso INFORMACIÓN, la jueza señala que el delito leve de amenazas se caracteriza por la exteriorización de un propósito de causar al sujeto pasivo, a sus familiares o a otras personas con la que esté especialmente vinculado un mal, y ese mal que se anuncia debe ser necesariamente futuro y capaz de amedrentar e intimidar a la persona que recibe esa amenaza haciéndole creer que va a llevar a cabo su propósito. En este caso, la jueza no considera que se den estos supuestos para ser considerada la expresión un delito de amenazas porque la acusada «no dice 'te voy a matar' sino 'pegarle un tiro a ese alcalde de mierda'» lo que a su criterio no pretende causar un mal «sino que es una frase cuya acción depende de un tercero abstracto o genérico, no de la acusada, lo que resta valor punitivo a la expresión vertida».

Además, la magistrada señala que no se exterioriza un mal concreto «precisamente porque su acción depende de un ente abstracto o genérico y de una acción abstracta y no concretada, lo que la vacía, por tanto, de un contenido potencial intimidatorio». La sentencia declara de oficio las costas del proceso y absuelve a la acusada, que se enfrentaba a una multa económica de 1 a 3 meses.El regidor no recurre

El alcalde callosino anunció a este diario que no va a recurrir la sentencia, aún no estando de acuerdo con su contenido, ya que «visto los fundamentos de derecho de la sentencia donde la jueza considera reprochable, de mal gusto y mala educación el comportamiento juzgado, he tomado la decisión de renunciar a la posibilidad de presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, dando por zanjada esta cuestión», indicó Maciá.

Además de Maciá, también recibieron amenazas otros ediles del equipo de gobierno en algunos comentarios en la página de Facebook de la Plataforma en Defensa de la Cruz, ante el anuncio del traslado inminente de la Cruz de los Caídos tras la sentencia firme sobre la aplicación de la Ley de Memoria Histórica. En algunos de esos reprochables comentarios se instaba a torturar a concejales del municipio con frases como «les volvemos a hacer una visita relámpago a la sede de IU. Esta vez con un escarmiento; les amordazamos con pastillas de jabón en la boca y torturamos», en referencia a los actos vandálicos en la sede de Izquierda Unida días atrás cuando aparecieron en su fachada pintadas con simbología falangista.

La Cruz de los Caídos se retiró en enero de 2018 tras aprobar una moción el tripartito que gobierna el municipio (PSOE, IU y Somos Callosa) acerca de la retirada de este monumento. El monolito se ubicó en la década de los 40 del siglo pasado, tras la Guerra Civil, junto a la iglesia de San Martín. Sobre el mármol blanco se esculpieron los nombres de «José Antonio Primo de Rivera, presente» y los de decenas de callosinos. Más tarde se añadieron placas de La Falange.