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San Miguel de Salinas

OHL da por «derogada» la ley de Residuos para amparar su planta de basuras sin concurso

La firma avala su proyecto en la nueva ley de Contratos y se garantizaría 5 puntos de ventaja en una futura adjudicación

OHL da por «derogada» la ley de Residuos para amparar su planta de basuras sin concurso

El proyecto de OHL para construir una macroplanta de gestión, tratamiento y reciclaje de residuos en término municipal de Torrevieja y San Miguel se ampara en la nueva ley de Contratos del Sector Público para eludir un procedimiento previo de adjudicación abierto por concurso de libre concurrencia. Los servicios jurídicos de la multinacional, que ya tiene una opción de compra sobre los 29.000 metros cuadrados de terreno, aseguran que con la nueva legislación estatal, que entró en vigor en marzo pasado, y la adaptación de directivas europeas, las empresas pueden impulsar un proyecto de concesión de servicios de cualquiera de las infraestructuras necesarias para tratar las basuras en la comarca.

Algo que evita la exigencia que contempla la ley de Residuos valenciana, vigente desde el año 2000, de un procedimiento administrativo de concurso previo y libre concurrencia. Incluso interpreta la firma que los artículos de esa ley que obligan a impulsar un concurso para el plan de gestión o una gestión directa del consorcio comarcal «están derogados tácitamente (sic)», desde que entró en vigor la nueva ley de Contratos.

OHL dice que con esa nueva ley las entidades públicas pueden celebrar contratos derivados de proyectos promovidos por la iniciativa privada. Con ese argumento -y el sello el logotipo del Consorcio público en el encabezamiento de su iniciativa- OHL ha registrado una propuesta que se salta los requisitos de la legislación autonómica.

En concreto, OHL cita el artículo 247 de la ley de Contratos en que se dice que la empresa que presente un estudio de viabilidad previo a la licitación contará con 5 puntos adicionales en el concurso y en caso de no ser la concesionaria deberá «ser resarcida por los gastos ocasionados». Tanto el Ayuntamiento de San Miguel de Salinas, como los vecinos de la zona de Lo Timor donde se pretende ubicar esta planta, la empresa salinera de Torrevieja, y los colectivos conservacionistas se han opuesto a la propuesta en bloque. También lo han hecho los representantes del PP en el consorcio, recordando que es una forma de tramitación muy poco transparente cuando a los populares se les ha reprochado durante una década el escándalo que supuso el amaño de la contrata del plan zonal a Cepa- Ortiz y que se derivó en el caso Brugal.

El presidente del Consorcio, el alcalde socialista de Rafal, Manuel Pineda, ha pasado de puntillas sobre este asunto limitándose a asegurar que la administración tiene la obligación legal de asumir y tramitar todas las propuestas de la iniciativa privada -que con esa interpretación legal ya están evitando un primer proceso de exposición pública-, mientras que la vicepresidenta de la entidad, la edil de Torrevieja, Fanny Serrano, no ha llegado a pronunciarse sobre la iniciativa. La planta afectaría de lleno al ámbito del parque natural -tanto por el continuo paso de camiones, como por el hecho de que la carretera de La Marquesa linda con el primer ámbito de protección del humedal.

¿Torrevieja o San Miguel?

El estudio de viabilidad de OHL se refiere a lo largo de sus más de cien páginas al proyecto como exclusivo del ámbito de San Miguel de Salinas porque las parcelas están registradas en este término «catastralmente». Sin embargo, sobre el terreno casi un tercio del proyecto está ubicado sobre término municipal de Torrevieja y el acceso principal y pesaje de los residuos se realizaría en este municipio, algo que está obviando el equipo de gobierno torrevejense. Los terrenos son propiedad de un empreario de Torrevieja cuya firma ha trabajado para la multinacional en otros proyectos. Están muy cerca de la instalación clausurada por el municipio torrevejense que funcionó como planta de transferencia de Acciona y que carecía de licencia porque no obtuvo la declaración de interés comunitario por ubicarse en suelo rústico y su impacto ambiental en la cuenca vertiente de la laguna salinera.

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