Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Guardamar del Segura

Corruptelas hasta en el comedor escolar

Un juez obliga a la Conselleria de Educación a reconocer que se produjeron irregularidades con las becas de catering de un colegio

Un grupo de escolares en un comedor escolar de un centro educativo de la provincia de Alicante. rafa arjones

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Alicante ha obligado a la Conselleria de Educación a emitir un informe que recoja, expresamente, que «se detectaron irregularidades en las becas de comedor» del CEIP Dama de Guardamar. Fueron anomalías como, por ejemplo, que dos profesoras llevaran a sus tres hijos al cáterin sin pagar por ese servicio hasta que se les obligó a devolver 1.900 euros. Los hechos salieron a la luz cuando, la que era secretaria del centro, alertó de lo que estaba ocurriendo, algo que según el magistrado sirvió para que «ciertas irregularidades o pequeñas corruptelas en la gestión salieran a la luz y fueran corregidas al objeto de proporcionar un mejor servicio a los usuarios» del colegio.

La entonces secretaria del centro educativo decidió renunciar al cargo en julio de 2015 debido, según dijo, a las irregularidades detectadas en los dos últimos cursos relacionadas con la tramitación y concesión de las becas de comedor y también por la «mala gestión» que se estaba realizando en determinados procesos administrativos. Decidió presentar un recurso a la Dirección Territorial de Educación de Alicante para que se investigaran los hechos y se adoptaran medidas disciplinarias. Alertó entonces de irregularidades con la empresa que prestaba el servicio, de alumnos que habían pagado más de lo que les correspondía por el comedor al estar becados e incluso de otros que ya no acudían al centro pero, sin embargo, y siempre según la demanda, se había tramitado su petición de beca para comedor. También se especificaba que dos profesoras, una del CEIP Dama de Guardamar y otra del Molivent, que compartían cáterin, presuntamente no abonaban el servicio de comedor del que disfrutaban tres de sus hijos.

La respuesta de la Conselleria llegó en abril de 2016, desestimando sus pretensiones y negando cualquier anomalía. Lo único que se decía era que, en cuanto a la concesión de ayudas asistenciales, «ha quedado suficientemente justificada la concesión de las ayudas, como se desprende de lo informado por la dirección del centro de las circunstancias concretas de cada caso».

Cambio de empresa

Sin embargo, la secretaria que aireó todo este asunto no estaba conforme y presentó el citado recurso contencioso contra ese acto administrativo de la Generalitat. Con su pretensión de arrojar luz sobre lo que estaba ocurriendo consiguió que las dos docentes abonaran el 8 de junio de 2016 las cuotas de comedor de ese curso, cuando estaba ya a punto de finalizar, por importes de 642,20 euros; 642,20 euros y 615,88 euros. También se produjo un cambio en la empresa que ofrecía los menús a los menores.

Tras la demanda, dirigida por el abogado Ángel Lorenzo-Penalva, el juez ha dictaminado en la sentencia que «es indudable que han existido irregularidades» relacionadas con las becas de comedor puesto que «si se ha procedido a regularizar determinadas situaciones concretas... es porque han existido irregularidades», recoge el fallo.

Es por ello que el juez estima que «la resolución recurrida debe ser modificada en el solo sentido de hacer constar que se han detectado irregularidades en las becas de comedor que han sido subsanadas», algo que no reconoció la Conselleria en su informe inicial.

El magistrado estima asimismo que, en cuanto a las irregularidades administrativas denunciadas, existen actas donde se regularizan una serie de defectos que se arrastran desde que se constituyó el centro y considera que «es probable que el desconocimiento en la gestión del centro desde el inicio haya motivado la comisión de una serie de irregularidades, probablemente de forma involuntaria, que han sido detectadas y subsanadas tras la queja» interpuesta por la entonces secretaria.

Inspección

El magistrado rechaza por otro lado los argumentos utilizados por la demandante para criticar la labor desarrollada por la inspección educativa, a quien pedía que ampliara la investigación y determinara si se habían producido también irregularidades en años anteriores. A ese respecto el juez estima que sus manifestaciones «son subjetivas y parciales», «sin el más mínimo sustento probatorio», y «en modo alguno empañan la labor desarrollada por la inspección». Recoge asimismo que la composición del equipo directivo fue completamente legal al estar formada por funcionarios y no por interinos. El fallo puede ser recurrido en ela Sala de lo Contencioso del TSJCV.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats