La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha declarado nula la moción aprobada en el pleno de Orihuela el 29 de octubre de 2015 en la que se declaraba al municipio ciudad libre de espectáculos con animales salvajes y de espectáculos taurinos. La iniciativa, propuesta por Cambiemos, salió adelante con los votos a favor de PSOE, Ciudadanos y la abstención de Foro Demócrata. El PP votó en contra. En la sentencia que ahora revierte esta propuesta se alega "invasión de competencias estatales" y condena al Ayuntamiento al pago de 3.000 euros en concepto de tasas judiciales. El Ayuntamiento de Orihuela dispone de 30 días para presentar un recurso de casación contra esta sentencia, que no es firme.

El TSJCV ha estimado así el recurso presentado por la Fundación del Toro de Lidia que se ha mostrado satisfecha con esta decisión judicial que tumba la decisión del Consistorio de declarar el municipio contrario a las corridas de toros y a otros espectáculos donde intervinieran animales en espacios públicos de toda la localidad. El tribunal dá la razón ahora a esta Fundación en el recurso contencioso-administrativo que interpuso, y que fue desestimado en Primera Instancia por la Audiencia Provincial con sede en Elche.

La sentencia dictamina que "si bien un municipio tiene competencia para otorgar cierto tipo de autorizaciones y licencias, no puede partir de la base de que las va a denegar con criterios que no se recogen ni en la legislación estatal ni autonómica". Y que tanto la Ley 18/2013 como la 10/2015 señalan que la regulación la tauromaquia como patrimonio cultural "digno de protección en todo el territorio nacional" con deber de protección de los poderes públicos, entre los que se encuentra el Ayuntamiento de Orihuela. Por tanto, dicha sentencia considera que el ayuntamiento oriolano "carece de competencia para declararse contrario a los espectáculos taurinos y para cuestionar los rasgos jurídicos que definen la tauromaquia como bien de interés cultural".

Chapu Apaolaza, de la Fundación Toro de Lidia, ha señalado a INFORMACIÓN que "esta sentencia pone freno a los poderes públicos que anteponen su ideología frente a la Ley y la Constitución y a las legítimas expresiones culturales de la gente". Y ha criticado que "algunos políticos usen las leyes en favor de su gusto y esto lo que hace es censurar una manifestación cultural legal y una manera de ser de la gente". Apaolaza considera que esta sentencia crea jurisprudencia "para salvaguardar que ninguna institución se tome el derecho por su gusto o ideología declararse antitaurina, que es una competencia estatal". "¿Qué diríamos si un ayuntamiento o comunidad autónoma se declarara contraria a cierto tipo de música, pintura o escultura? Pondríamos el grito en el cielo y con razón, y eso es lo que ha ocurrido en Orihuela", explica.

El portavoz adjunto del gobierno local, Rafael Almagro (PP), ha declarado que "será Cs, Cambiemos y PSOE los que decidan si van a seguir adelante y recurrir, porque fueron esos partidos los que aprobaron la moción y designaron al abogado cuando hubo el recurso y nosotros, el PP, nos desentendemos y nos mantenemos al margen, pero esperemos que no se recurra y se acate la sentencia porque será gastar más dinero público del que ya llevamos con el abogado que paga el Ayuntamiento para este asunto y ahora las costas a las que nos condenan" y ha añadido que "estaba claro que no era competencia nuestra y lo peor es que con el dinero de los ciudadanos vamos a tener que pagar estos caprichos y es pura demagogia y mucha hipocresía porque con respecto a los toros tiene que haber un discurso, porque el PSOE dice no a los toros en Orihuela y sí en otros ayuntamientos, y eso no puede ser".

Por su parte, el portavoz de Cambiemos Orihuela, Karlos Bernabé, proponente de la moción ahora tumbada por el TSJCV, ha criticado la sentencia "que un juez entre a ponderar y a impugnar una declaración que es política es una invasión del poder judicial porque invade el poder representativo y la voluntad soberana de la gente de Orihuela". Y pide al gobierno local que presente cuanto antes un recurso de casación para que se anule la sentencia ya que "la moción tuvo mucho apoyo de la sociedad civil, sobre todo de los más jóvenes, y representa el sentir de la gente de Orihuela que quiere relacionarse de manera sana y saludable con los animales" y advierte que de no presentarlo "tendrá respuesta de la sociedad civil y de los colectivos no solo animalistas, sino todos los progresistas de Orihuela".

La Peña Taurina Oriolana José Mari Manzanares (Hijo) también se ha pronunciado en un comunicado alegrándose porque "Orihuela ya no es antitaurina" y propone que los 3.000 euros de costas judiciales a los que ha sido condenado el Ayuntamiento "sean abonados por los concejales que votaron dicha moción y así seguro que antes de votar o presentar otra, se enterarán que no se puede votar en contra de la legalidad vigente". Y propone que la cuantía a pagar se distribuya de la siguiente manera: los ediles del PSOE (7) 200 euros cada uno, Ciudadanos (3) otros 200 euros cada edil y Cambiemos, por ser el grupo que presentó la moción, 500 euros cada concejal.

Baleares y Galicia

Las decisiones judiciales no son iguales en todas las comunidades españolas. Recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Baleares dictaminó que el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento de Palma de Mallorca de declarar públicamente a la ciudad como municipio antitaurino "no vulnera preceptos jurídicos" y avaló esa decisión. El TSJB considera que esa moción "debe ser entendida como una declaración de intenciones o de voluntad sin efectos jurídicos".

Y en Galicia, una sentencia ha reconocido recientemente el derecho del gobierno local de A Coruña de finalizar el contrato y suspender la Feria Taurina que se venía celebrando desde hace 20 años.