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Orihuela

La Audiencia ratifica la condena a Mónica Lorente por el caso Escorratel

El fallo dice que la exalcaldesa y su edil Rodríguez Murcia faltaron a la diligencia exigible al firmar el contrato para reformar una plaza inaugurada 18 días antes

La Audiencia ratifica la condena a Mónica Lorente por el caso Escorratel

La Audiencia de Elche ha confirmado la sentencia que en diciembre condenó a la exalcaldesa de Orihuela, Mónica Lorente, y a su concejal de Pedanías, Antonio Rodríguez Murcia, por falsedad documental a 9 meses de inhabilitación y a multa de 2.700 euros por el denominado caso Escorratel, que partió de una denuncia de Los Verdes. El fallo desestima todos los argumentos de las defensas y considera que el hecho de estuviera presente en la inauguración de la Plaza del Escorratel, el 4 de julio de 2008, demuestra que cuando 18 días después firmó el contrato para realizar esas obras por 34.000 euros era consciente de que se trataba de una ilegalidad, «faltando a la verdad en la narración de los hechos que recoge el contrato», dice la resolución. Y añade: «La conducta de la encausada consistente en suscribir un documento en el que se vierten hechos inveraces, sólo puede deberse a una falta elemental de diligencia a la hora de verificar o contrastar la certeza fáctica de que daba constancia. No se trata de un mero error en la suscripción del contrato porque viniera visado por el departamento correspondiente y su legalidad estuviera amparada con la presencia del secretario».

La sentencia llega cuando Lorente lleva 16 meses apartada de la vida pública tras haber sido expulsada del PP por haber solicitado el voto para otra formación, para Foro Demócrata, en las últimas municipales. El concejal Rodríguez Murcia dejó la política en 2011. Ambos tendrá que pagar la multa impuesta pero es imposible por ahora la inhabilitación pues no ocupan cargo público alguno.

Los argumentos de Lorente para revocar la condena van decayendo uno a uno a lo largo del relato que hacen los magistrados: «...Siendo hechos acreditados que debido a la falta de diligencia en el desempeño de su cargo por parte de los apelantes se permitió la ejecución de unas obras de reforma de una plaza antes de que el contrato fuera adjudicado, y una vez ya finalizadas e incluso habiéndose iniciado los pagos de las mismas, se procedió entonces a la formalización del contrato para dar apariencia de legalidad a las obras adjudicadas».

Por otro parte, el pasado mes de julio, en un caso similar, la Audiencia de Alicante absolvió al edil Nino Llorens por las supuestas irregularidades en las obras de la Plaza Magallanes. Estaba acusado de prevaricación y falsedad porque los trabajos de rehabilitación se adjudicaron después de que el recinto fuera inaugurado. La sentencia, en su caso, entendía que «no consta que las irregularidades en la adjudicación tuvieran por objeto otra intención que la de acelerar la tramitación con el fin de evitar la paralización de la obra ni tampoco que se produjera perjuicio alguno al patrimonio municipal y a otras posibles empresas que pudieran haber aspirado».

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