El empresario Ángel Fenoll, condenado el 23 de julio por el juzgado Penal 3 de Orihuela a 35 años y seis meses de cárcel por once delitos fiscales y un delito continuado de falsificación documental, formalizó anteayer una querella por prevaricación judicial contra la magistrada que la declaró culpable. El que fuera propietario de Colsur (empresa ya desaparecida) y socio de Proambiente (hace algo más de un año fue echado del consejo de administración por el resto de socios, que a la sazón sus cuatro hermanos y su cuñado) será representando por el mismo letrado que dirigió su defensa en el juicio, José Celestino Maneiro. Llama la atención el hecho de que la querella de Fenoll se presente cuando la sentencia aún no es firme y es recurrible ante la sección VII de la Audiencia con sede en Elche. El empresario es pieza clave en otro procedimiento judicial, el caso Brugal, que entre otros asuntos investiga un supuesto entramado político-empresarial para adjudicar millonarios contratos relacionados con las basuras, como los de Orihuela o el vertedero comarcal de la Vega. En los dos está imputado desde hace siete años.

Como publicó INFORMACIÓN, la sentencia de la magistrada Nerea Cavero, no sólo encontró culpable a Fenoll sino a otros 14 procesados de los 18 contra los cuales se dirigía este proceso instado por la Fiscalía y por la propia Hacienda Pública. Estos fueron condenados a penas que oscilaban entre los 30 y los 3 años y tres meses de prisión en función de su implicación en los hechos que ésta dio por probados; en total, más de 210 años de cárcel para todos. Los hechos ocurrieron entre 2002 y 2004 y el delito fiscal superaba los 4,6 millones de euros. En la sentencia se consideraba que todos elaboraron facturas por servicios inexistentes para que las empresas de Fenoll se desgravaran el IVA y el Impuesto de Sociedades.

Fenoll hizo llegar ayer a los medios de comunicación una nota en la que justifica su decisión de querellarse contra la magistrada por su «ignorancia inexcusable». El procedimiento se abre ante la sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que ayer no hizo declaración alguna en relación a este asunto sobre el cuál deberá ahora tomar una decisión sobre su admisión o no a trámite. En la nota se reclama una resolución de la sala sobre una supuesta actuación ilegal de la magistrada, «en su función con el dictado de la sentencia y otras resoluciones posteriores».

Escrito

Es más, en el escrito enviado por Fenoll a través de su empresa Sirem (que vino a sustituir a Colsur) se solicita al TSJ que aclare si estas resoluciones resultan «flagrante, clamorosa, clara y manifiestamente contrarias a la ley, esperpénticas hasta el punto de que su antijurididad pueda ser apreciada por cualquier lego en Derecho».

La querella denuncia que como hechos probados «y hasta en 14 ocasiones se afirme que la deducción de facturas falsas por las empresas en aquellos años administradas por el señor Fenoll supuso un "aumento" en el resultado contable»; también que no se concrete las penas multa impuestas a diez de los condenados «contraviniendo clamorosamente las más elementales reglas y principios del proceso penal».

En el escrito ante el TSJ, también se refiere a una cuestión curiosa que ya publicó INFORMACIÓN tras salir a la luz en una de las sesiones. Se trata de la testifical de la inspectora cuyo informe fue clave para la condena y que corrigió en el juicio una circunstancia importante: en 2002 y por el IVA no hubo delito ya que no se alcanzaron los 120.000 euros para considerarlo como tal. «El apartamiento por la jueza del criterio de la inspectora de Hacienda se hace en base a argumentos que demuestran o bien una imprudencia grave o bien una ignorancia inexcusable respecto de un juez que precisamente conoce de una causa por delitos contra la Hacienda Pública». Por último, la querella se basa en que durante este mes de agosto -inhábil- ha dejado «sin efecto sus propias resoluciones de forma completamente improcedente, señalando actos procesales y asumiendo de forma acrítica e infundada las solicitudes del Ministerio Fiscal, demostrando indiciariamente falta de independencia e imparcialidad en el ejercicio de su función jurisdiccional».