La condena a 212 años de prisión dictada ayer por el juzgado de lo Penal 3 de Orihuela contra 15 de los 18 empresarios de la Vega Baja y Murcia, acusados por la Fiscalía y la Hacienda Pública de organizar un entramado para «fabricar» facturas falsas de los años fiscales 2002 a 2004 y desgravarse de forma ilegal los impuestos del IVA y de Sociedades, es la más importante conocida en la comarca y, aunque será recurrida ante la sección VII de la Audiencia,vuelve a colocar a uno de los empresarios que más se ha beneficiado de contratos públicos en el sur de la provincia por la gestión de la basura, a Ángel Fenoll (condenado ahora a 35,5 años de prisión por once delitos) de nuevo en el ojo de otro huracán.

La condena de ayer es la tercera que se le conoce desde que en 2002 lo fuera junto a Luis Fernando Cartagena por el «caso de las monjitas» tras quedarse el exalcalde dinero de una congregación y él presentara facturas de supuestas obras para justificar el destino del dinero; y, más recientemente, el pasado otoño, cuando fue encontrado culpable de injuriar a un empresario oriolanos a través de transcripciones de grabaciones del caso Brugal que, a día de hoy, continúa siendo el gran asunto pendiente que tiene en los juzgados por las supuestas irregularidades en la adjudicación de las basuras en Orihuela y del Plan Zonal de la comarca. Junto a él hay más de medio centenar de políticos y empresarios imputados.

La sentencia da por probado que Ángel Fenoll en esos dos años y a través de las empresas Colsur (que ha desaparecido) y Proambiente (que en estos momentos está en manos de sus hermanos), «con el objeto de defraudar a la Hacienda Pública», dice la resolución, eludió el pago de las cuotas impositivas debidas por sus mercantiles y correspondientes al Impuesto de Sociedades (IS) y al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al deducirse «de forma errónea» gastos y cuotas ficticias mediante la utilización de facturas que habían sido íntegramente confeccionada por el resto de condenados. La magistrada Nerea Cavero da por probado que las mercantiles de los procesados, «documentaron prestaciones de servicios o entregas de mercancías a favor de Colsur y Proambiente que no habían sido realizadas, gracias a la información facilitada por Ángel Fenoll, quien entregaba a los emisores de las facturas los datos necesarios para su realización». Al superar la práctica los 120.000 euros defraudados por impuestos y año se da el tipo del delito fiscal.

Sesiones maratonianas

El juicio, que tuvo lugar entre marzo y abril y en maratonianas sesiones, deja pese a la sentencia numerosas incógnitas como las que plantean las defensas en cuanto a la nulidad de actuaciones, defectos en la instrucción, prescripciones o irregularidades en los expedientes abiertos por la Agencia Tributaria que ahora tendrá que resolver en segunda instancia la Audiencia y que la magistrada resuelve en contra de la petición de las defensas en una sentencia de casi 150 folios en el que relata fechas cantidades y servicios que nunca se llegaron a realizar pero que las mercantiles utilizaron con el propósito de defraudar a la Hacienda Pública. Desde gasolina a estiércol, pasando por regalos de empresa, maquinaria o ropa de trabajo, la magistrada da por probado lo que dicen las acusaciones -el fiscal Pablo Romero y el abogado del Estado- y que corroboraron los inspectores de Hacienda. La sentencia absuelve a tres empresarios más de los mismos delitos y a los 18 acusados que se sentaron en el banquillo de otros delitos contra la Hacienda Pública.

Como INFORMACIÓN publicó, Fenoll se negó a responder en el juicio a las preguntas del fiscal Romero, quien durante casi una hora hizo que constara en acta todas las cuestiones que en aquel acto esperaba que le respondiera; mientras, el empresario, sí lo hacía a su letrado para recordar que él no sabe leer y apenas firmar. «Esa pretendida ausencia de conocimiento -dice la magistrada- no es tal a pesar de que el resto de los acusados, de una manera un tanto servil, han pretendido apartarle de toda responsabilidad».

La jueza recuerda que «los únicos beneficiarios directos de la aportación de las facturas falsas fueron Colsur y Proambiente, que a través de las mismas pudieron defraudar a la Agencia Tributaria, razón por la cual se considera el delito de falsedad cometido en concurso medial con el delito contra la Hacienda Pública, por lo que resulta indudable que dichas falsedades se realizaron no sólo con el conocimiento sino también con la cooperación de este acusado que debió, como mínimo, suministrar los datos necesarios para proceder a la elaboración de los documentos que no respondían a la verdad (y) sin que afecte a esta conclusión el hecho de que el resto de los acusados tuviese o no conocimiento de la existencia de más personas que también confeccionaban facturas falsas para aquellas dos mercantiles ni tampoco que existiera entre todos ellos un concierto para ello pues el acuerdo existía, como mínimo, entre Ángel Fenoll Pérez y cada uno de los demás acusados».