Sin poder de decisión. El anteproyecto de ley de Puertos de la Generalitat Valenciana margina a los ayuntamientos de cualquier decisión que se pueda adoptar en el interior de los puertos de su competencia y dispone que se realice una delimitación de usos de los espacios portuarios con carácter obligatorio antes de que se lleve a cabo cualquier actuación urbanística. Ese documento técnico, denominado «Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios» deberá además someterse a información pública. Esta determinación, en el caso de Torrevieja, supone una traba más para sacar adelante la propuesta municipal de remodelar este espacio portuario con el objetivo de abrir el centro del casco urbano a la dársena y que está pendiente desde 2010. La voluntad municipal pasa por intentar cambiar la imagen de todo el recinto del «relleno», ahora empleado para la actividad pesquera y con unos servicios mínimos de limpieza y mantenimiento por parte de la Generalitat muy deficitarios.

Además, el texto legal, que ahora a debate en las Cortes Valencianas, si se mantiene tal y como está expresado, reduce todavía más si cabe las competencias de los ayuntamientos en estos espacios. Por ejemplo, la ley indica claramente que no es necesaria la licencia municipal. Los proyectos, dice expresamente el anteproyecto, necesitarán declaración de impacto ambiental pero no necesitarán ser sometidas a una licencia municipal porque «son de interés general».

Comercial

La nueva normativa sí deja margen para disponer usos comerciales dentro de los puertos pero bajo decisión exclusiva del Consell. Se considera compatible el dominio público portuario con el cultural, deportivo, educativos, recreativos y de certámenes feriales y «otras actividades comerciales no portuarias que favorezcan el equilibrio económico y social de los puertos». Para «permitir esos usos no portuarios será necesario que estén previstos en la correspondiente Delimitación» y que se ajusten al planeamiento urbanístico.