Pedro Ramón Martínez, agente de la Policía Local contaba con la titulación académica requerida para acceder a la jefatura de la Policía Local de Callosa de Segura, según se desprende de la resolución del Consejo Jurídico Consultivo de la Generalitat. El Ayuntamiento de Callosa deberá restituir en su puesto a este agente suspendido de forma fulminante de empleo y sueldo como medida cautelar el 10 de marzo pasado por el alcalde Javier Pérez (PP). La entidad de la administración autonómica no cree necesario revisar los actos administrativos por los que el Ayuntamiento le designó en 1985 por concurso de méritos puesto que no "concurre ninguna causa de nulidad de pleno de derecho" en este asunto. Una revisión que había impulsado el primer edil.

El plazo legal para resolver el expediente del agente culmina el 10 de junio por lo que el alcalde deberá decretar el regreso del agente a su puesto antes de esa fecha, según el letrado de Pedro Ramón Martínez. Ese decreto con el que el Javier Pérez avaló esta decisión se remonta a 1985: Había "descubierto" que Pedro Ramón Martínez accedió a la plaza de forma supuestamente irregular ya que se le aplicó una puntuación para la que "hubiera tenido que tener 60 años de experiencia en el cuerpo", según el informe jurídico externo que encargó para avalar su decisión.

La resolución del Consejo Consultivo asegura que no sería equitativo revisar el expediente que motiva la suspensión porque el aspirante, en 1985, "no falseó los datos esenciales de su titulación académica y especificó cuál era su titulación profesional", al margen de otras consideraciones. El requisito para acceder al cargo en aquel momento era contar con el bachiller. Algo con lo que contaba Ramón Martínez que sumó una titulación de profesor de Música. La entidad de la Generalitat, cuyas resoluciones son vinculantes, asegura que no procede revisar de oficio los actos administrativos del Ayuntamiento de Callosa de Segura que contienen el nombramiento definitivo de Pedro Ramón Martínez como suboficial de la Policía de Callosa.

En las alegaciones presentadas por el abogado del agente sobre este asunto se indica que el alcalde debería haber elevado al pleno la decisión de suspenderlo y, en cualquier caso, plantear la revisión de este asunto a través de un expediente informativo antes de decidir una medida cautelar tan grave como suspender de empleo y sueldo al mando, sin opción a defenderse y sin conocer el motivo por el que se "rebobina" ahora hasta 1985, para indagar en un proceso de elección que se ha comprobado que fue correcto. El alcalde aludió como detonante de este asunto a "denuncias verbales".

Acoso archivado

Por otra parte, un juzgado han archivado en primera instancia la denuncia que le presentó una agente a este mismo mando por discriminarla supuestamente por su condición de mujer tras acceder al puesto de oficial.