- ¿Cómo ha afectado la pandemia del Covid-19 al funcionamiento de los órganos judiciales de Elche?

Los efectos han sido tremendos y drásticos. En primer lugar porque se han suprimido todas las actuaciones judiciales no esenciales. Hay que recordar que el Real Decreto 463/2020 por que el se decretó el Estado de Alarma suspende todos los plazos procesales, limitando el acceso al juzgado no solo de la ciudadanía sino también de funcionarios y de quienes trabajamos en la Ciudad de la Justicia, estableciendo turnos para atender los asuntos esenciales.

- El Ministerio de Justicia aprobó un decreto-ley de para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia y evitar el colapso de la justicia. Entre las medidas está declarar hábiles el periodo comprendido entre los días 11 al 31 del próximo mes de agosto. ¿Cree qué ayudará?

Las medidas que contempla el decreto son bastantes limitadas. De una parte, fija un criterio, sobre todo para otorgar seguridad jurídica desde cuando se deben volver a computar los plazos, estableciendo el marcador a cero de aquellas resoluciones notificadas que se hayan visto afectadas por esa suspensión de los términos y plazos citados. Por otra parte, amplía y duplica el plazo para interponer recursos contra sentencias y resoluciones definitivas.

- ¿Y sobre la habilitación de agosto?

La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) dispone que las vacaciones deben ser preferentemente en agosto. Particularmente, sobre la nueva medida considero que es una decisión política que no tiene eficacia práctica alguna. El efecto de la habilitación de agosto hará que las vacaciones se escalonen en el tiempo por funcionarios, letrados de la Administración de Justicia y magistrados, de suerte que el pleno funcionamiento del Juzgado se verá afectado no sólo en agosto, como es habitual, sino también otros meses en los que no suele disfrutarse del derecho de vacaciones, pues la habilitación de agosto obliga a que ejerzamos tal derecho en otras épocas del año.

- ¿Cómo han funcionado las medidas para impulsar las gestiones telemáticas?

Hay que tener presente que estas medidas entraron en vigor el 30 de abril, por lo que es todavía precipitado sacar conclusiones. Pero sí podemos valorar las medidas. La deliberación por vía telemática es un proceso interno para adoptar decisiones de los órganos colegiados. Yo para decidir no tengo que deliberar con ningún compañero.

Las deliberaciones son de los órganos colegiados y ahí da igual que se reúnan en persona, que lo hagan por teléfono o por videoconferencia. Cuestión distinta es la celebración por teleconferencia o medios telemáticos de juicios. Esto es algo más complicado. El enunciado, en principio, está bien, pero ese enunciado no es suficiente para modificar las leyes vigentes.

En la práctica, la celebración de un juicio exige la comparecencia de las partes a sala, de los testigos, de los peritos. Pero es más. Puestos a evacuar una testifical por videoconferencia, ¿quién garantiza si esta persona no está condicionada? La posibilidad de control del juez, de las circunstancias, de las personas que le puedan estar haciendo indicaciones a este testigo puede afectar a la pureza de esta declaración. Hay una serie de detalles técnico-0procesales que no aparecen resueltos por la norma. La medida aparecida en la norma es una idea, pero hay una serie de garantías y de precauciones procesales que no aparecen solventadas.

- ¿Cómo valora la situación digital de la Administración de Justicia en España? ¿Hay Legaltech

El Legaltech es una forma de actuar de profesionales de la justicia, pero del otro lado, de procuradores, de letrados... Afecta sobre todo a la organización de despachos, a la selección, a la producción o selección de asuntos en masa. Desde este punto de vista sí que puede funcionar y es aplicable el Legaltech.

Sin embargo, a nosotros, a la Administración de Justicia, no nos descarga de trabajo. En absoluto. A los despachos de abogados sí y pueden utilizarlo para especializarse en una materia y trabajar rápido, ágil y fácil. Pero a la Administración de Justicia no porque cada caso es casual, particular en cada asunto, hay que analizarlo, celebrar el juicio correspondiente y sentenciar de forma individualizada.

- ¿De qué modo podrían resolverse los problemas de la Administración de Justicia en cuanto a retrasos y burocracia?

La Administración de Justicia tiene un problema tremendo en España que se arrastra de toda la vida. El número de jueces en España por porcentaje proporcional a la población es de los más bajos de la UE. Y como al final se trata de resolver las controversias de los ciudadanos y esto no puede ser nunca un trabajo mecanizado, sino que requiere una labor personal, obviamente el número de jueces incide en el ritmo de resolución. No se viene haciendo una inversión en jueces, pero tampoco en letrados de la Administración de Justicia, en funcionarios,... Además, no se trata solo de inversión en recursos humanos sino también en medios materiales.

- Usted también es profesor del Máster Universitario en Acceso a la Profesión de Abogado del CEU de Elche. ¿Cómo está preparando y afrontando las clases?

El comienzo de mi participación como profesor externo en el CEU, tanto en el Máster como en el grado de Derecho, se ha visto totalmente trastocado por la declaración del estado de alarma al haberse prohibido las clases presenciales. Esta situación nos obliga a todos los profesores a trabajar de forma telemática y para eso tiene que haber una infraestructura. El CEU ha sido previsor ya que desde finales de marzo comenzaron a planificarse las clases online. A los profesores nos facilitaron las herramientas necesarias para poder desarrollar nuestro trabajo.

Para mí es una experiencia totalmente nueva. Pero es un reto también para los alumnos. La presencia física genera más interacción y mayor confianza generando un trabajo en doble dirección: explicación, preguntas, aclaraciones... Son mucho más efectivas pero la situación que tenemos hay que asumirla y afrontar el reto. Estamos trabajando duro para que no se convierta en un año perdido. Antes al contrario, desde el CEU se ha potenciado y se está trabajando muy bien.

- ¿Cómo afronta el alumno esta situación?

Ellos la afrontan con cierta inquietud porque se están preparando para un examen sin el cual no pueden acceder al ejercicio de la abogacía. Los profesores que participamos en la formación del CEU somos profesionales del Derecho y enfocamos las clases, incluso las más teóricas, desde una perspectiva muy práctica.

Como todo en la vida uno no puede decaer ante las adversidades. Lo que recomiendo es, quizás, un poco más de trabajo y un poco más de constancia porque es la única vía para alcanzar el objetivo y conseguir culminar una formación iniciada con el comienzo del grado de Derecho y que es necesaria para ejercer como letrado, que es una profesión esencial, junto con la procura, e indispensable para administrar Justicia.

- El Ministerio de Justicia anunció el aplazamiento sine die el pasado 10 de marzo del examen a causa del coronavirus. ¿Cuáles son las últimas noticias al respecto?

Parece ser que se va a desarrollar en julio. Esas son las últimas noticias que tengo. Se hará de forma telemática. Ahí volvemos a lo mismo: ¿Qué garantías ofrecen los medios informáticos para garantizar la objetividad y la pureza de la prueba? Obviamente no es lo mismo hacer un examen de forma presencial a hacerlo de modo online. Partiendo de esto creo que sí se pueden adoptar las cautelas a la hora de formular las preguntas y en el desarrollo del examen para reducir los riesgos de copiar, de comunicación y de consultas. Hablo de minimizar porque eliminar el riesgo es más complicado.