La Audiencia de Alicante ha ratificado la condena a un maltratador que golpeó con una piedra en la cara a su pareja durante una discusión cuando se encontraban en un parque de Xàbia, según la sentencia hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia. Un juzgado de lo Penal de Benidorm le impuso una pena de seis meses de cárcel con la atenuante de embriaguez por un delito de lesiones en el ámbito familiar. El acusado había recurrido el fallo alegando que la víctima no había querido declarar contra él y que no se le debería haber impuesto pena alguna porque se encontraba borracho cuando ocurrieron los hechos, una circunstancia que sí consideraba probada la sentencia. La Audiencia ha rechazado el recurso argumentando que había prueba suficiente para justificar la condena y que el acusado no había podido acreditar que su estado de embriaguez por la injesta de alcohol fuera tal que le impidiera comprender lo que estaba haciendo.

La sentencia considera probado que la tarde del 24 de octubre de 2019 el acusado propinó un golpe en la cara con una piedra cuando ambos mantenían una discusión mientras se encontraban discutiendo en un parque de la localidad de Xàbia. Hasta cinco testigos prestaron declaración en el juicio, otra pareja que se encontraba en la zona y presenció la agresión, así como otros tres policías locales que intervinieron en los hechos. Los agentes testificaron que encontraron a la víctima con el pómulo hinchado y sangrando cuando se personaron en el lugar de los hechos. Aunque la mujer no quisiera declarar en el juicio, la sala considera que los testigos que habían presenciado la agresión directamente y que vieron los resultados de la pedrada suponían prueba suficiente para dictar condena.

El fallo le impone también una orden de alejamiento que le impedirá acercarse a su víctima durante dieciocho meses.