La Audiencia de Alicante ha confirmado una condena de dos años y medio de cárcel para un acusado de arrollar con el coche en la localidad de Sella a un hombre con el que estaba enemistado, según la sentencia hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). La sala concluye que se trató de un atropello deliberado en un tramo recto, sin marcas de frenado. Uno de los peatones impactó contra la luna frontal del vehículo y el otro logró esquivar el coche, resultando los dos heridos con lesiones de carácter leve.

Los hechos ocurrieron sobre las 17.30 horas del 19 de septiembre de 2014 cuando el acusado circulaba con su coche por el Camí Barranc de L'Arc y Font d'Alcántara en Sella y se encontró en un tramo recto a la víctima que iba caminando con un amigo en dirección al vehículo, según declara probado el fallo. La sentencia también ve acreditado que al existir una relación previa de conflicto con ambos, el conductor trató de atropellarlos. Uno de ellos impactó contra la luna principal del vehículo y el segundo logró evitar el coche aunque también resultó lesionado. Un juzgado de lo Penal de Alicante condenó al conductor a dos años y medio de prisión por un delito de lesiones, con una atenuante por dilaciones indebidas por los retrasos de más de cinco años que sufrió el proceso.

El acusado había recurrido el fallo a la Audiencia pidiendo su absolución o que alternativamente se le condenara por un delito de lesiones por imprudencia. Una apelación que ha rechazado la Sección Tercera y ha mantenido la resolución del juzgado de lo Penal. El magistrado José Luis de la Fuente entiende que del examen de la causa está suficientemente acreditado que fue un atropello intencional y rechaza la versión exculpatoria del acusado. El juez incide en que el arrollamiento de los peatones en un camino recto y de la suficiente anchura y con plena visibilidad, en un punto en el que el conductor se desvió de su trayectoria precisamente en el punto en el que estaban los lesionados, sin que aparezcan puntos de frenada o de derrapaje". El fallo recuerda que existía una clara animadversión entre el conductor y una de las personas que fueron atropelladas.