El juzgado de lo Penal número 3 de Alicante ha condenado a la madre de la niña de 5 años rescatada en una cornisa de un sexto piso de la plaza de Luceros a nueve meses de prisión por un delito de abandono temporal de menor. La sentencia recoge que es evidente que la vida de la menor corrió peligro al quedarse agarrada a la barandilla y apoyada sobre un bordillo de unos cinco centímetros, pero no concurre en la acción de la madre esa intención, de ahí que la juez haya condenado a la progenitora a una pena sensiblemente inferior a las reclamadas por las acusaciones.

El abogado defensor de la madre, José Javier Sáez Zambrana, se mostró ayer contento por el fallo, aunque anunció que lo recurrirán ante la Audiencia para solicitar la absolución. La pena de 9 meses es la condena alternativa que pidió en la vista oral la defensa si no se acordaba la absolución. Por contra, la Fiscalía solicitó en el juicio 20 meses de prisión y la acusación particular ejercida por el exmarido de la acusada y padre de la menor pidió dos años y mes de cárcel.

La magistrada señala en la sentencia que la acusada dejó a su hija de 5 años «conscientemente sola y dormida y se marchó no a practicar una simple gestión, sino que se ha probado que estuvo una hora en el gimnasio». La dejó a solas sin advertírselo y sin prever algún recurso al que acudir por su seguridad en caso de necesidad, indica el fallo.

Riesgo

Para la juez, está acreditado «el dolo eventual respecto de la situación de abandono», pero rechaza aplicar el subtipo agravado del delito como reclamaba la Fiscalía y la acusación particular. En este sentido, la magistrada indica que se exige un dolo específico «sobre una puesta en peligro concreta» y, aunque es evidente la puesta en peligro de la vida de la menor, no se ha acreditado que la voluntad de la madre incluyera ese riesgo que se produjo. La madre dijo en el juicio que era «inimaginable» que su hija saliera por la ventana y la sentencia indica que se ha acreditado que eran ventanas correderas de cierta altura y con un cierre que requería de fuerza para abrirse. «Parecía un lugar completamente descartable para salir al exterior» y lo ocurrido debe diferenciarse de otras acciones que «supongan un abandono concurriendo una situación de peligro concretada».

Los hechos declarados probados en la sentencia ocurrieron la noche del 1 de marzo de 2017 en un sexto piso -equivalente a siete alturas- de un edificio de la plaza de Luceros de Alicante. La acusada salió del domicilio a las 21.39 horas y se marchó a un gimnasio de la calle Gerona dejando sola y dormida a la menor «a sabiendas del peligro que podía comportar para ella dicha situación en la que quedaba desasistida». La niña se despertó y al verse sola trató de buscar a la madre.

Abrió una ventana que da a la plaza de Luceros y, «de una forma que se desconoce, trepó por la misma y saltó al exterior, apoyando los pies en un alféizar o bordillo de la fachada de unos cinco centímetros», indica la resolución. La menor se sujetó a la barandilla para no caer al vacío, «permaneciendo en esta situación unos instantes».

La Policía Nacional y Bomberos acudieron al lugar a las 22.15 horas tras ser requeridos por unos vecinos y la menor fue rescatada con el vehículo escalera del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS). La madre acudió a las 22.50 horas cuando fue avisada de lo ocurrido y la menor no sufrió lesiones.