La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto a uno de los dos jóvenes turistas británicos acusados de abusar sexualmente de una compatriota en un apartamento de Benidorm y ha condenado a cuatro años y tres meses de cárcel al otro procesado por un delito de abuso sexual y otro de lesiones al causarle un desgarro en la vagina. La Fiscalía solicitaba inicialmente sendas penas de 14 años de prisión y en el juicio las rebajó a 9 años para uno de los turistas y a 7 para el otro. El tribunal no considera probado que la víctima se opusiera a las relaciones previas a la práctica sexual en la que resultó lesionada en la vagina al introducirle el acusado el puño o parte de la mano

El condenado tendrá que indemnizar a la víctima con 6.000 euros, según se recoge en la sentencia hecha pública por la Sección Décima de la Audiencia. El abogado defensor de los dos acusados, Jorge Martínez Navas, señaló que aunque va a recurrir la condena a uno de los acusados está «muy satisfecho» con el fallo, teniendo en cuenta que la petición inicial de la Fiscalía era de 14 años de prisión para cada uno.

Los hechos declarados probados en la sentencia ocurrieron la madrugada del 27 de junio de 2018 en Benidorm. Los dos acusados, de 23 y 26 años en la actualidad, estaban pasando unos días de vacaciones en Benidorm y coincidieron esa noche en un pub benidormí con un grupo de chicas de su misma nacionalidad que estaban también de vacaciones y que habían conocido la noche anterior. Estuvieron hablando, bailando y bebiendo alcohol, especialmente con una de las jóvenes británicas. A las tres de la madrugada se marcharon los dos acusados y la chica al apartamento que compartía ella con unas amigas.

Una vez en el apartamento llevaron un colchón al balcón y allí mantuvieron relaciones sexuales uno de los acusados y la joven. La sentencia señala que no consta que el otro procesado practicara sexo con ella ni que interviniera en la relación que mantuvo con su amigo, aunque estaba presente y percibía lo que estaban haciendo.

Sangrado

El fallo añade que en el curso de las «prácticas sexuales» el ahora condenado le introdujo el puño o parte de la mano en la vagina, lo que le causó dolor a la joven y le pidió que cesara en su acción. El acusado no lo hizo con carácter inmediato, sino únicamente cuando vio que la chica sangraba abundantemente por sus genitales. Con esta práctica le causó un desgarro del que tuvo que ser asistida en un centro médico.

El tribunal destaca que la joven ha sido «relativamente persistente» en la incriminación, aunque se advierte «quiebras en elementos muy importantes de su relato». Así, la sentencia precisa que el policía que declaró en el juicio ratificó que la mujer le dijo cuando denunció la agresión que le habían violado los dos y que se resistió y forcejeó con ellos, pero no aludió a ningún estado de privación de sentido ni de inconsciencia.

Sin embargo, en las declaraciones posteriores y en el juicio no dijo nada del forcejeo e insistió en su estado de inconsciencia.

Asimismo, la testigo negó que hubiera mantenido relaciones sexuales con otro hombre el día de los hechos o la víspera, pero hay otro testigo que confirmó que las tuvo con ella y los restos de semen hallados en las bragas que vestía no pertenecían a ninguno de los acusados, según la sentencia.

Por otro lado, las muestras de sangre de la mujer no detectan rastro de que le hubieran echado burundanga en la bebida ni de ninguna otra droga diferente al alcohol.

La Audiencia considera que la joven no estaba privada de sentido, ni tenía sus facultades psíquicas afectadas por ninguna sustancia diferente del alcohol. Añade que aunque sí estaba afectada por el alcohol, no era una disminución relevante del estado de consciencia a los efectos de mantener relaciones sexuales. Los magistrados también concluyen que ella se marchó voluntariamente del pub a su apartamento con los acusados. Para el tribunal no se puede considerar probado que la joven no consintiera las relaciones con uno de los acusados antes del incidente con el puño que le causó el desgarro en la vagina. Precisamente esta es la conducta que castiga con 4 años de cárcel la Audiencia porque el acusado persistió tras quejarse la joven.