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El secretario judicial no facilita el acta con el primer veredicto de culpabilidad que rechazó la juez

El letrado de la Administración de Justicia responde a la petición del fiscal y del acusador particular que el documento «no consta unido a las actuaciones»

El secretario judicial no facilita el acta con el primer veredicto de culpabilidad que rechazó la juez

El primer veredicto del jurado en el proceso por el asesinato de María del Carmen Martínez que declaraba culpable a su yerno «no consta unido a las actuaciones» de la causa. El dictamen fue rechazado por la magistrada Francisca Bru para que «se subsanaran una serie de deficiencias», según la explicación oficial facilitada.

Ese «no consta» es toda la respuesta del letrado de Administración de Justicia Manuel Cerdán a las peticiones de la Fiscalía y de la acusación particular que en nombre del hijo mayor de la víctima ejerce el letrado Francisco Ruiz Marco. Ambas partes quieren conocer el contenido del documento para valorar si, tal y como afirmó la juez, realmente adolecía de motivación un veredicto de culpabilidad, por siete votos a dos, que treinta horas después pasó a exonerar al sospechoso de toda responsabilidad en la muerte de su suegra por seis votos a tres.

Al filo de las 22 horas del viernes 9, tras unas doce de deliberaciones, el jurado comunicó a la magistrada que habían alcanzado un veredicto: siete miembros creían que el acusado había matado a la viuda de expresidente de la CAM Vicente Sala frente a dos que no lo consideraban probado. Siete votos que suponían la mayoría suficiente para declarar culpable al acusado.

Los miembros de tribunal popular redactaron el acta que la magistrada tenía en su mano esa noche en la comparecencia a la que citó a las partes para comunicarles que iba a rechazarla. Una decisión ante la que tanto el fiscal José Llor como Ruiz Marco hicieron constar su protesta al entender que le Ley del Jurado en ningún momento amparaba una devolución por no estar debidamente fundamentados los contraindicios, que era lo que reclamaba la juez. Los dos sostuvieron que no se podía pedir a los jurados que se pronunciaran sobre lo que no consideran probado, pero Bru se mantuvo en su decisión y dio por finalizada la comparecencia devolviendo al acta al tribunal popular que presidía.

Treinta horas después y tras la sustitución de una de los jurados por el primer suplente debido a una crisis de ansiedad, el acuerdo al que llegó el jurado fue el que se dio a conocer a las 17.27 horas del domingo 10: el tribunal declaraba a Miguel López no culpable del asesinato por seis votos a tres.

Las acusaciones reclamaron de inmediato el veredicto de culpabilidad rechazado por la juez así como las grabaciones de las indicaciones que dio al jurado tras la entrega del cuestionario al que tenían que responder para alcanzar el veredicto. Una intervención en la que Bru hizo hincapié en que es preferible un culpable en la calle a un inocente en prisión, en que no tenían que dar respuesta a lo que había ocurrido sino concluir si los hechos que se atribuían al sospechoso estaban o no probados y hasta en que había muchos crímenes sin resolver. Fiscal y acusación quieren valorar también si Bru pudo influir en el tribunal con estas palabras. Eso al margen de si el rechazo del primer veredicto se ajustó a la ley.

Infidelidad en la custodia

Pero para ello es preciso conocer ese primer acta, «un documento que obligatoriamente tiene que estar unido a la causa ya que, de lo contrario, se habría incurrido en un delito de infidelidad en la custodia de documentos», según precisa Vicente Gimeno Sendra, magistrado emérito del Tribunal Constitucional y corredactor de la Ley del Jurado, quien matiza que eso no ocurriría de tratarse de un borrador en vez de un acta.

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