La magistrada Francisca Bru, presidenta del tribunal del jurado que ha enjuiciado el asesinato de María del Carmen Martínez, ha hecho pública la sentencia que absuelve a Miguel López, yerno de la víctima, del crimen del que venía siendo el único sospechoso desde hace tres años.

Después de un mes de vista oral y de tres días de deliberaciones, el jurado declaró al acusado no culpable no culpablede un crimen cuya resolución está aún en el aire.

En base a ese veredicto, la magistrada ha redactado la sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad y, en casación, ante el Supremo.

La magistrada considera probado que sobre las 18.25 horas del 9 de diciembre de 2016 Miguel López le entregó las llaves a su suegra, tras lo que charló con varios de sus empleados y se marchó del establecimiento de automoción que regentaba a las afueras de Alicante y donde la viuda del ex presidente de la CAM Vicente Sala murió tiroteada.

La sentencia afirma que la víctima recibió los disparos a las 18.55 horas, tras los que murió como consecuencia de un "shock hipovolémico con sangrado rápido y/o asfixia" a las 19.05. En la causa figura que la primera llamada a Emergencias para alertar de los disparos se produjo a las 18.55.01 Su yerno fue captado saliendo de su negocio a las 18.38 horas. Los impactos procedían de una persona desconocida, por lo que el acusado no es culpable ni del delito de asesinato que se le imputaba ni del de tenencia ilícita de armas, dado que, como sostiene la sentencia, no fue él quien disparó.

La resolución recoge que no se ha considerado probado que Miguel López acompañara a su suegra al lavadero donde fue asesinada "porque nadie testificó en el acto de la vista oral haberlo visto". También incide en que la prueba de la parafina que determina si se ha usado o no un arma dio negativa, algo que los agentes de la Policía Científica no consideraron concluyente, y que no existiera ninguna huella ni ADN del acusado en el escenario del crimen.

En cuanto al tiempo que María del Carmen Martínez tardó en fallecer, la sentencia acoge las tesis de los forenses contratados por la defensa que dice que la muerte fue rápida, lo que coloca a su yerno lejos del lugar del crimen cuando se produjeron los disparos.

La sentencia recuerda que las tesis de las acusaciones se sustentaban en una prueba de indicios basada en tres pilares: "Uno en la existencia de una situación de profundo conflicto económico, familiar societario acerca del control del grupo de empresas familiar formándose dos bandos, el de la madre con su hijo varón y el de las hijas que, según se afirma, era controlado por el acusado. El segundo la ejecución por el acusado de un plan concebido para matar su suegra preparando lo que denominan la escena del crimen. Y el tercero la adquisición en circunstancias que no constan y disposición de un arma (pistola semiautomática de cierta antigüedad) con proyectiles modificados para cuya tenencia no disponía de licencia", relata el fallo, extremos que los miembros del jurado no han considerado probado. La magistrada recuerda una reciente resolución del Tribunal Supremo que dice que "no deben confundirse los indicios con las sospechas"no deben confundirse los indicios con las sospechas. En la sentencia se asegura que la tesis de las acusaciones sobre la planificación de la escena del crimen, decae con el testimonio de la hermana de la fallecida, Antonia Martínez, quien declaró que "siempre acompañaba a su hermana a recoger el vehículo a Novocar y que siempre la esperaba a que lo recogiese volviendo juntas". "Choca contra las leyes de la lógica que nadie planifique un crimen en tales circunstancias", asevera.

Tanto la acusación pública como la particular que, en nombre del hijo mayor de la víctima ejerce el letrado Francisco Ruiz Marco, han solicitado el primer veredicto que fue rechazado por la magistrada donde siete de los nueve miembros del jurado declaraban culpable al sospechoso. Un veredicto que cambió a no culpable apenas 30 horas después en una segunda votación que fue comunicada en audiencia pública a las 17.27 horas del domingo día 10.