La Audiencia provincial de València ha absuelto a un hombre que había sido condenado por compartir en Facebook un meme y añadir un comentario que hacía referencia a su expareja.

La resolución, dictada por la sección primera, deja sin efecto la condena contra el acusado como autor de una falta de vejación injusta de carácter leve al considerar que está prescrita.

Los hechos que relata la sentencia hacen referencia a una pareja que contrajo matrimonio en el año 1997 y se separó en 2009, dictándose sentencia de divorcio por el juzgado en 2010.

Según consta en la resolución de la sala, a la que ha tenido acceso este mdio, tras romperse la relación, en una fecha no concretada, el acusado compartió en su perfil de Facebook una foto de la página 'Humor y otras memeces' en la que aparecía el dibujo de una bailarina de ballet con el texto "te voy a regalar unas zapatillas de ballet para que te vallas (sic.) de puntillas a la mierda". Una foto que fue compartida por el acusado con el siguiente texto: "Se lo dedico a mi ex JA JA JA".

La condena que luego ha prescrito

En primera instancia, un juzgado le impuso al acusado una pena de seis días de localización permanente, la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su exmujer durante dos meses, así como la prohibición de comunicación durante el mismo tiempo. En cambio, le absolvía de los presuntos delitos de lesiones psíquicas y contra la integridad moral por los que también fue acusado.

En su resolución, la sala explica que la ruptura de la relación matrimonial se produjo en el año 2009, en el que tuvo lugar la separación, y la primera denuncia tuvo lugar en 2013. La falta prescribía a los seis meses, por lo que la Audiencia de València absuelve al condenado por compartir el meme.