La Audiencia de Alicante dejó ayer visto para sentencia un juicio a cuatro acusados de traficar con dos kilos de cocaína en el que las defensas reclamaron la absolución de todos ellos por tratarse de un delito provocado. La Fiscalía mantuvo su acusación y solicitó siete años de prisión para cada acusado, mientras que los abogados Evaristo Llanos, Aitor Esteban, Santiago Candela y Josefa Marín cuestionaron en sus informes la legalidad de la operación antidroga.

El abogado Evaristo Llanos señaló en un duro informe que se trata claramente de un delito provocado y criticó que se hayan quedado fuera del procedimiento dos personas que aparecen en las investigaciones policiales y son las que llevan a su cliente a «una ratonera» para comprar dos kilos de cocaína en julio de 2018 en Alicante. El letrado cuestionó las continuas negativas del juez instructor de Alicante a practicar diligencias, lo que motivo que la Audiencia revocara hasta en tres ocasiones el auto de procesamiento.

Llanos lamentó asimismo las limitaciones a su defensa al no haberse investigado a fondo cuál fue el destino de los tres teléfonos móviles que llevaba su cliente cuando viajó de Murcia a Alicante para comprar la droga. Estos teléfonos no han aparecido y habrían demostrado el intercambio de mensajes entre el acusado que defiende y las dos personas que no fueron detenidas y presuntamente informaron a la Policía de todos los detalles de la operación.

La Policía contestó al juzgado que no se le intervinieron móviles a esta persona, pero su abogado mostró ayer el listado de llamadas y en qué zona se encontraban los teléfonos de acuerdo a los repetidores. Los listados los enviaron las compañías por orden de la Audiencia tras denegarlo el juez instructor. El letrado afirmó que después de ser arrestado los teléfonos de su cliente siguieron recibiendo llamadas durante toda la noche y los repetidores los situaban junto a la Comisaría de Distrito Norte y en las viviendas donde se llevo a cabo la operación. «La Policía los hizo desaparecer», señaló el letrado.

Intermediario no detenido

Una de las personas excluidas del procedimiento figuraba en las pesquisas como uno de los intermediarios de la compraventa de cocaína y tras no ser detenido el día de la operación fue citado posteriormente como «testigo» para declarar en dependencias policiales.

Los abogados defensores de los acusados también resaltaron las contradicciones de los policías en sus declaraciones en la vista oral, hasta el punto de que uno de los agentes sí reconoció que el detenido con la cocaína llevaba teléfono móvil. «El fiscal ha mirado para otro lado» en este asunto, señaló Evaristo Llanos, quien señaló que es «importante una respuesta de los tribunales», que «sirva de toque de atención: ese no es el camino en un estado de Derecho».

La abogada Josefa Marín pidió la nulidad de las actuaciones porque las pesquisas se inician sin la debida autorización por unas intervenciones telefónicas de otro procedimiento de la Policía en Murcia.

En esta línea, el abogado Santiago Candela indicó en su informe que el delito «nace de una provocación» y se han conculcado derechos fundamentales porque o hay oficio ni auto de intervención telefónica.

Candela señaló por otro lado que la Policía no registró hasta el día siguiente la vivienda donde supuestamente se compró la cocaína por 50.000 euros y cuando se inspeccionó sólo se incautaron 4.000 euros. «Este dinero se supone que estaba en la casa pero por falta de efectivos no se custodió; sin embargo, en el juicio tres agentes dicen que se custodió», resaltó el letrado.

El letrado Aitor Esteban también se sumó a la tesis del delito provocado y aseguró que «la actuación policial no ha sido correcta». En este sentido, señaló que los investigadores tenían «información directa del confidente» y a las defensas no se les ha permitido esclarecer los hechos durante la fase de instrucción en el juzgado.