Tras cinco años de lucha contra la administración de Elche de la Agencia Tributaria y ver cómo le embargaban hasta más de 4.000 euros y una motocicleta, un vecino de Santa Pola ha conseguido que la ministra de Hacienda haya acordado, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, la nulidad de todas estas actuaciones porque las notificaciones se enviaron a una dirección errónea y no se enteró del expediente que le abrieron en 2010 hasta cuatro años más tarde, cuando comenzaron a llegarle los embargos a su nómina. El abogado de este vecino, Aitor Prieto Razquin, llevó a la Administración de Elche al Consejo de Estado la solicitud de nulidad de pleno derecho y el pasado mes de junio la ministra de Hacienda estimó la petición.

El fallo puede ser recurrido ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y una vez que sea firme el abogado del contribuyente de Santa Pola solicitará a la Agencia Tributaria en Elche que se levante el embargo preventivo de una moto y la devolución de los más de 4.000 euros que ya le han cobrado mediante embargos. Hacienda le reclamaba más de 6.000 euros sumando los intereses.

El caso resuelto por el Consejo de Estado se remonta a enero de 2010. La administración de Elche de la Agencia Tributaria envió un requerimiento a un vecino de Santa Pola para que presentara la autoliquidación del IRPF de 2007 o que justificara que no estaba obligado a hacerlo. Dicho aviso fue enviado a la calle Mayor sin número de Santa Pola y fue devuelto con la indicación «dirección incorrecta». Al mes siguiente se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una citación para notificación por comparecencia.

La maquinaria de Hacienda continuó mientras el contribuyente era ajeno a lo que se avecinaba y el 23 de abril de 2010 se acordó una propuesta de liquidación provisional del IRPF que le pedían y se intentó notificar por correo certificado en la misma dirección. El resultado fue el mismo, la devolución por «dirección incorrecta».

Acuerdo de sanción

En junio se publicó una nueva citación en el BOE para notificación por comparecencia y el 31 de agosto la Agencia Tributaria dictó la liquidación provisional en la que se recogía una deuda de 2.403 euros por el ejercicio fiscal de 2007, además de acordarse el inicio de un procedimiento sancionador. En noviembre se acordó sancionarle con 561 euros y le enviaron la notificación a la dirección errónea.

El vecino de Santa Pola descubrió todas estas incidencias cuando comenzaron a embargarle parte de su sueldo en 2014. El abogado Aitor Prieto presentó un recurso en el que la Administración de Elche reconoció en junio de 2014 que existía un error en el domicilio fiscal. Los embargos continuaron y en noviembre de 2017 se presentó al Consejo de Estado la solicitud de declaración de nulidad de pleno derecho de la liquidación que le hizo Hacienda de Elche y de la sanción. En la petición se alegó que la Administración reconoce que existía un error en el domicilio fiscal y que las notificaciones se dirigieron a una dirección incorrecta, lo que causó indefensión al contribuyente porque no conoció las actuaciones hasta el embargo de su cuenta. El letrado defendió ante el Consejo de Estado que se había lesionado su derecho a la tutela judicial efectiva.

Asimismo, presentó un escrito en el que indicaba que estaba empadronado en la calle La Virgen desde 1980 y el letrado destacaba que no se agotaron las posibilidades de localizarle en otras direcciones antes de acudir a la notificación edictal.

En el acuerdo ministerial que anula las actuaciones se indica que el Consejo de Estado destaca la relevancia de que admita la Administración de Elche la existencia de un error en el domicilio fiscal y señala que la errónea notificación de la liquidación del IRPF y de la sanción «ha ocasionado al interesado una indefensión» contraria a la Constitución y supone la «omisión de un trámite esencial del procedimiento». Por ello, indica que concurren las causas para declarar la nulidad de todos los actos administrativos llevados a cabo desde Elche.