La Audiencia de Alicante ha absuelto a los dos hermanos acusados de violar en Sant Joan a la exnovia de una de ellos después de que se negara a hacer un trío, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El fallo considera que no ha encontrado ninguna prueba que avale la versión de la víctima, que era menor de edad, entre las que se encuentra la ausencia de lesiones físicas tras la presunta agresión sexual. Los dos jóvenes se enfrentaban a penas que sumaban cerca de 20 años de prisión.

La sentencia considera que se trataron de relaciones consentidas, después de que la víctima, que tenía 16 años cuando ocurrieron los hechos, hubiera pasado la tarde en casa de los dos hermanos bebiendo y escuchando música el 18 de julio de 2017. Las relaciones sexuales se produjeron por separado en distintos momentos de la tarde.

La sentencia asegura que la declaración de la víctima «no tiene la coherencia de un relato sólido y creíble por la imprecisión de sus respuestas a las preguntas que se le hicieron por la violencia ejercida por los acusados para forzarla». El fallo destaca la declaración de un compañero de piso de los acusados, quien dijo que pensó que uno de ellos estaba con su novia y que «no apreció que la chica estuviera con miedo acosada, sino de cachondeo».

Los magistrados señalan que el comportamiento de la víctima tampoco concuerda con la situación de violencia que describe. Aunque algunos amigos con los que coincidió esa noche aseguraron que la vieron llorar, el fallo señala que su estado pudo ser consecuencia del conocimiento de la joven de la reacción de enfado que su comportamiento iba a provocar en sus padres por la hora que era, «como así sucedió». La joven no dijo nada sobre la supuesta violación a sus padres hasta la mañana siguiente.

La joven aseguró en el juicio que se sintió indispuesta tras beber y que le extrañó porque no había bebido tanto. Fue en ese momento cuando el que había sido su novio le propuso hacer una felación a su hermano y como se negó le propinó un puñetazo y la agarró por el pelo para obligarla. La víctima aseguró que los dos hermanos la penetraron por separado en diferentes ocasiones hasta que ya no tuvo fuerzas para resistirse. Pero los jueces no han considerado probado su relato y concluyen que prevalece el principio de presunción de inocencia.

La joven se encontraba en tratamiento en la Unidad de Salud Mental desde 2011 por un trastorno obsesivo compulsivo, produciéndose un agravamiento de su situación tras los hechos, según declara probado el fallo.