La Audiencia de Alicante ha condenado a penas que suman dos años de cárcel a un hombre que causó una infección a su pareja en Elche con un objeto sexual de grandes dimensiones, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El juicio, en el que el acusado también estaba imputado por una estafa a su compañera sentimental, se cerró con una conformidad días atrás en la Audiencia, en un juicio donde se pedían inicialmente penas que sumaban 18 años de prisión. El acuerdo fue cerrado entre el fiscal, la defensa y la víctima que estaba personada como acusación.

Los hechos ocurrieron en junio de 2016 durante el trascurso de una relación sexual del acusado con la víctima, que le introdujo un objeto sexual de grandes dimensiones y que le provocó una perforación rectal que le supuso una peritonitis a la mujer. Inicialmente, la Fiscalía consideraba que la introducción del objeto había sido contra la voluntad de la mujer por lo que le acusaba de un delito de abuso sexual. Tras el acuerdo alcanzado en el juicio, el Ministerio Público rebajó la acusación considerando que se trató de un acto sexual consentido y que se trataría de un delito de lesiones por imprudencia, por el que se le impone un año de cárcel. Como consecuencia de los hechos, la mujer tuvo que llevar una colostomía en el flanco izquierdo durante casi un año.

Acusado y víctima mantuvieron una relación sentimental de tres meses de duración, en el que llegaron a vivir juntos. El juicio se celebraba como un caso de violencia de género, en el que el acusado también solía dirigirse hacia su expareja con frases insultantes y llegando a amenazar de muerte tanto a ésta como a sus familiares. Durante el tiempo que duró la relación, el procesado trató de evitar por todos los medios que la víctima mantuviera contacto con sus propios familiares y amigos, condicionando las respuestas que ésta debía dar por teléfono, según declara probado la sentencia. Por estas injurias, amenazas y coacciones la sala le imponen 60 días de trabajos comunitarios.

Estafa

Asimismo, durante la relación el acusado se aprovechó del grado de minusvalía que presentaba la víctima, forzándola a acudir a un concesionario de vehículos para comprar un coche valorado en 18.100 euros. El turismo inicialmente se puso a nombre de la mujer, pero posteriormente se transfirió a nombre del acusado, que le decía: «Es mejor que el coche esté a mi nombre porque el seguro está a mi nombre. Aquí mando yo y tienes que hacer siempre lo que yo diga», según recoge el fallo. Por este delito, se le impone otro año de prisión por estafa. Por los daños morales, el acusado indemnizará a la víctima con 2.000 euros, a los que se unen 15.700 euros por las lesiones y las secuelas sufridas y otros 18.100 euros por el dinero del coche.