La Audiencia de Alicante ha condenado a penas que suman diez años de prisión a un corredor de triatlón afincado en Crevillent que abusó de varias menores a las que seguía por la calle para después atacarlas en el ascensor, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El hombre estaba acusado de un total de siete casos de abusos cometidos entre mayo de 2017 y junio de 2018, pero finalmente ha sido condenado por cinco. En dos de los casos, las víctimas no llegaron a identificarlo y las imágenes de las cámaras de seguridad tampoco eran concluyentes, motivo por los que la sala no ha considerado que hubiera prueba suficiente para condenarlo.

El acusado está en prisión preventiva desde que fue arrestado por estos hechos. Mohamed Khtabb era corredor de triatlon y había corrido en varios clubs de la zona del Medio Vinalopó y de la Vega Baja. Desde Crevillent, se desplazaba en coche a Sant Joan o Alicante, localidades donde confiaba en que no le reconocerían, para cometer sus abusos. El fallo le impone una orden de alejamiento por la que durante cinco años no podrá acercarse a sus víctimas y tendrá que indemnizarlas con cantidades que suman 8.500 euros.

Inicialmente, la Fiscalía reclamaba penas que sumaban treinta años de cárcel por lo que la condena ha sido inferior, ya que la sala sólo ha considerado probado que hubo violencia en uno de los casos. Asimismo, en los sucesos de los que ha sido absuelto también se cometió violencia. La sentencia les condena por una agresión sexual y por cuatro delitos de abusos. En el juicio ha estado defendido por los abogados Jorge Ruiz y Gonzalo Martín Cano.

Modus operandi

El modus operandi era muy similar en casi todos los casos. Las víctimas, la mayoría de ellas menores de edad, iban por la calle de camino a casa y notaban que un desconocido las iba siguiendo. Una vez en el portal, el agresor se metía con ellas en el portal donde intentaba hacer tocamientos en sus partes íntimas. El agresor de acababa dando a la fuga cuando las jóvenes se le resistían. Las edades de las víctimas oscilan entre los 14 y los 22 años y cuatro de ellas tenían menos de 16.

El fallo relata que, en algunos de los casos, el acusado había llegado a fotografiar a sus víctimas con el móvil por debajo de la falta, imágenes que fueron encontradas en el terminal por la Policía cuando se produjo el arresto.

La declaración de las víctimas ha sido una de las principales pruebas para condenarle. Cinco de ellas le identificaron en la rueda de reconocimiento, aunque dos habían expresado algunas dudas. Sin embargo, en esos casos ha habido otros elementos corroboradores que disipan las dudas, señala la resolución.

Entre estos indicios se encuentra el que la Policía encontró huellas del acusado en el ascensor y en la entrada de la casa de una de las víctimas que tuvieron dudas en la identificación. También el estudio del móvil del procesado le situaba en tres de los lugares donde se produjeron los hechos. Asimismo se encontraron fotos en su móvil de una de las víctimas por debajo de la falda mientras subía las escaleras de la urbanización. Otra víctima dio una descripción de un coche de alta gama en el que su agresor la seguía momentos antes por la calle. Esta pista fue la que llevó a la Policía a la identificación del acusado. En el maletero del coche, se encontraron prendas de ropa y una mochila similares a las que se ven en algunas imágenes extraías de las cámaras de seguridad.

En el juicio el acusado negó los hechos e intentó justificar su presencia en la zona donde se denunciaron los ataques en que estaba trabajando como comercial, «sin que lo haya acreditado de ninguna manera».

Dudas

En el caso de las dos agresiones de las que ha sido absuelto las víctimas no le recocieron como el autor. La sentencia señala que las imágenes de las cámaras de vigilancia no permiten identificar al acusado, a lo que se une el hecho de que la ropa que lleva puesta no coincide con la que han descrito las dos jóvenes. En uno de los casos, el móvil situaba al acusado en la zona. Pero la sala considera que las pruebas son insuficientes para mantener una condena.

En algunas de estas agresiones, el fiscal considera que hubo violencia y que el procesado trató de aprovecharse la estrechez del ascensor para consumar la presunta agresión. Sin embargo, la sala no ha considerado probado que se produjera suficiente violencia o intimidación para cometer los tocamientos. Ni que se produjera un acorrolamiento. En uno de los casos, sí que entiende acreditada que intentó aprovecharse de la estrechez del ascensor para agredirla y llega a producirse un forcejeo. La víctima logró huir hasta su casa y le pilló los dedos con la puerta al cerrar.