El magistrado que investiga el caso de la «viuda negra» de Alicante ha rechazado la petición de ésta para imputar al hijo de la víctima, según el auto al que ha tenido acceso este diario. Con posterioridad a su arresto y cuando ya estaban en prisión, los dos inculpados por el crimen, Conchi y su cuidador, pidieron volver a declarar ante el juzgado para inculpar al hijo del fallecido y sostener que fue éste quien mató a la víctima. Desde la defensa de ambos se pidió la citación del hijo del asesinado en calidad de imputado. El magistrado rechazó ayer esta solicitud por considerarla una prueba «inútil», «impertinente», «dilatoria» e «intrascendente» para el proceso. En la resolución judicial, el magistrado considera que el relato exculpatorio que hizo la viuda negra en el juzgado «en absoluto puede ser creíble»,

En este sentido, recuerda la declaración de la testigo clave, una policía fue de servicio, que vio como los dos detenidos cometían el crimen y les retuvo hasta que llegaron sus compañeros a detenerlos.

El crimen se produjo el 20 de agosto en un aparcamiento de la Albufereta, dos semanas después de que la víctima se hubiera casado con Conchi en Sax. Anteriormente había estado casada en otras tres ocasiones. Conchi y su cuidador están en prisión como presuntos autores de la muerte a puñaladas de la víctima, José Luis Alonso un jubilado de 69 años, con un destornillador. Una policía fuera de servicio sorprendió a los sospechosos en el momento del asesinato y les retuvo mientras pidió refuerzos.

En una comparecencia señalada el pasado mes de octubre , tanto Conchi como su ciudador se declararon inocentes y culparon del crimen a uno de los hijos de José Luis, con el que presuntamente no mantenía buena relación y que incluso le había echado de casa. Conchi y Paco, que no quisieron declarar a las preguntas del abogado de la acusación particular que ejerce la familia del fallecido y tampoco a las del magistrado instructor, relataron en su comparecencia que oyeron cómo chillaba José Luis cuando estaban en el aparcamiento de la Albufereta donde le mataron y se acercaron para auxiliarle pensando que estaba sufriendo un infarto.

El magistrado señala en el auto que la petición de la defensa para pedir la declaración del hijo de la víctima en calidad de investigado se basa en la declaración prestada por la viuda negra en el juzgado. «Una persona que, en uso de su derecho a decir lo que le convenga a sus intereses y en el momento que así lo desee, no ha dudado, al cabo de bastante tiempo desde su ingreso en prisión, en pedir declarar ante el juez para hacer un relato exculpatorio que en absoluto puede ser creíble», asegura el auto judicial.

El juez incide en que la policía que presenció los hechos fue «clara y rotunda». «Las diligencias interesadas sólo pueden conducir a una dilación indebida del procedimiento», dice la resolución por lo que «no procede acceder a la práctica de las diligencias interesadas, toda vez que este juez instructor debe de rechazar la práctica de prueba o diligencias que sean impertinentes, inútiles, dilatorias o intrascendentes a lo que es la fase de instrucción» y recuerda que el juez no está obligado a practicar todo lo que las partes propongan.

«No hay que olvidar que el derecho a la defensa y a un proceso con efectiva contradicción, también existen otros derechos y principios dignos de protección (...) como son el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y los principios de celeridad, eficacia o economía procesal», dice, por lo que el legítimo interés de defensa del acusado no puede dar pie a diligencias innecesarias.