Miguel López supo ayer que un tribunal popular va a juzgarle por la muerte de su suegra, María del Carmen Martínez. El magistrado José Luis de la Fuente, el mismo que ordenó su detención hace casi dos años y su puesta en libertad 39 días después, notificó ayer su decisión de abrir juicio oral por la muerte de la viuda del expresidente de la CAM Vicente Sala, un crimen por el que López se enfrenta a una petición de más de 24 años de prisión por los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas. El juicio podría celebrarse antes de finalizar este año.

El juez comunicó su decisión, contra la que no cabe recurso, apenas unas horas antes de que el acusado compareciera en el juzgado a firmar, como viene haciendo cada lunes desde que el 20 de marzo de 2017 lo acordara el instructor como medida cautelar tras ser puesto en libertad bajo fianza previo pago de 150.000 euros.

En línea con la tesis que sostiene tanto el fiscal como la acusación particular que el letrado Francisco Ruiz Marco ejerce en nombre del hijo mayor de la víctima, el magistrado considera que los indicios que inculpan a López «no son por mero descarte», como sostiene el abogado de la defensa, Javier Sánchez-Vera, sino que «el paso del tiempo y la instrucción ha evidenciado la subsistencia de los mismos y la inexistencia de otras hipótesis alternativas». Por ello entiende que es «necesaria» la celebración de un juicio para determinar si los indicios cristalizan en prueba de cargo suficiente de la culpabilidad del acusado.

María del Carmen Martínez murió de dos disparos en la cabeza el 9 de diciembre de 2016 cuando fue a recoger su coche a Novocar, el negocio de automoción propiedad de la familia que López regentaba.

El juez precisa que «ha de reiterarse que se entienden como indicio incriminatorio las ya reiteradamente referidas notorias lagunas e incongruencias apreciadas en las declaraciones del acusado respecto a sus movimientos posteriores a abandonar el lugar de los hechos. Un episodio donde apunta que «lo narrado por el acusado no se corresponde con lo observado en la grabación de las cámaras de seguridad», en concreto cuando llega a la finca familiar en la que se le ve andando «a la carrera» y luego a un paso más tranquilo al regresar a Novocar tras ser avisado de que habían tiroteado a su suegra. Todo ello «sin dar aviso a las hijas de la víctima de los graves hechos comunicados por los empleados del establecimiento».

«Explicación incongruente»

También tacha de «incongruente» la entrada a su domicilio «de la que ha continuado sin dar una explicación concreta, hasta que se presentó el escrito de defensa hace unas semanas, y que bien pudiera ser para «lavarse y desprenderse de posibles elementos incriminatorias». El magistrado considera «poco pausible la explicación» de que en ese momento López se preocupara por la «cuestión menor» de comunicar personalmente a su hijo que debía desplazarse a la academia por sus propios medios, «lo que no debía resultar extraño que hiciera éste ante la disposición de un vehículo para ello».

En el auto en el que se acuerda la apertura del juicio el magistrado deja constancia del clima de crispación que existía en la familia por el control de Samar Internacional, la mercantil del plástico y motor económico de los Sala. El instructor se refiere en concreto al testamento del expresidente de la caja Vicente Sala donde legaba la acción de oro o, lo que es lo mismo, el control de la empresa, a su mujer «con una sustitución fideicomisaria a favor de su hijo Vicente» considerado el móvil de crimen. Y alude también el instructor a la «crisis de relaciones sociales y empresariales» tras la toma de decisiones que el acusado y su entorno consideraba perjudiciales para sus intereses. Un clima de crispación del que hay pruebas en los whatsapp encontrados en el teléfono de la fallecida y remitidos por todos los hijos de sus tres hijas.

El juez concreta que «a la constatación de la existencia del móvil económico, no se trata de establecer que la acción objeto de la acusación obedeciera a una lógica incontestable de riesgo/beneficio olvidando la existencia de frenos sociales y morales a la acción delictiva, sino de si pudieron constituir motivación que subjetivamente moviera a su ejecución por entender desde una óptica personal que era la única manera de superar lo que se apreciaba como una situación sin salida».

Agrega en este sentido que «de los mensajes de WhatsApp extraídos del teléfono del acusado se desprende una lógica y firme alineación con la posición e intereses representados por su esposa (la hija menor de la víctima) sin que resulte mínimamente creíble la ausencia de interés a dicha posición que sostuvo en su declaración o que se pretende por la defensa construir sobre el mero dato del régimen económico bajo el que se contrajo el matrimonio» (separación de bienes).

Por contra, considera «de escasa consistencia» el intento de la defensa de mantener que terceras personas podían resolver el conflicto empresarial que mantenía en pie de guerra a la familia Sala, en alusión al testimonio prestado por el abogado Antonio Moreno en el sentido de que habría mediado en la solución del problema y que éste estaba a punto de solventarse cuando se produjo la muerte de la matriarca de los Sala.

El instructor considera que existen indicios suficientes de que el acusado buscó y aprovechó la ocasión para crear una situación «en la que conseguiría quedarse a solas con la víctima en un lugar que conoce perfectamente por ser la sede de la empresa que dirige y que es oscuro y recogido». Situación que, según el auto, López consiguió a través de maniobras, como «la cita de la víctima, de la que se ocupa personalmente llamando a la empleada de recepción para que corrija la hora de entrega a su conveniencia, la ubicación del vehículo en el lavadero, que ningún otro empleado reconoce haber efectuado y que unos días antes había realizado él mismo con otro vehículo que debía recoger la víctima, así como el alejamiento del único empleado que desde su puesto habitual de trabajo podía presenciar la recogida, encomendándole una tarea de traslado de muebles que no parecía presentar especial urgencia a la vista de las características del local en aquellos momentos».

«Inaudito intento de robo»

Motivos por los que, concluye, «resulta en su conjunto difícil atribuir a una mera coincidencia improbable la comisión del crimen» al tiempo que rechaza que desde la defensa se haya intentado hacer pasar el crimen como «un inaudito intento de robo» en el que se dispara sorpresivamente a la víctima sin llevarse ni el coche, ni ninguno de los efectos o dinero que llevaba).

En el auto se descarta también que los hallazgos de ADN de origen desconocido en la escena del crimen tengan alcance suficiente para desvirtuar los otros indicios. «El hecho de que la víctima fuera encontrada aún con vida llevó a un escenario de desorden y contaminación del lugar del crimen, al actuar con prioridad los intentos de atenderla inicialmente el personal del establecimiento y de salvar su vida posteriormente los equipos de urgencias médicas que acudieron», explica.