Un juzgado de lo Penal de Alicante ha condenado a penas que suman más de nueve años de cárcel a cada uno de los tres acusados de integrar una banda que reventaba con explosivos cajeros automáticos en la provincia, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El fallo les considera responsables de tres robos en sucursales bancarias de la Playa de San Juan, Rojales y El Altet entre agosto y octubre de 2017.

El primero de estos asaltos produjo gran alarma social ya que se produjo en pleno verano en la Playa de San Juan. En el segundo, no llegó a utilizarse el explosivo aunque la manipulación del cajero causó daños en el dispensador de billetes; y en el último, aunque se causaron daños materiales, los ladrones no consiguieron el botín porque los billetes cayeron dentro de la oficina tras la explosión. El fallo, que no es firme y contra el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, y obliga a los acusados a indemnizar con 110.2123 euros a los perjudicados por los destrozos que causaron las explosiones.

Aunque dos de los acusados, que son hermanos, admitieron los hechos en el juicio y exculparon a un tercero, que era el dueño del coche utilizado en los asaltos, la magistrada les considera a los tres responsables de los delitos que se les imputan. Pese a la confesión de dos de ellos, la magistrada descarta que éstos hayan colaborado con la Justicia en ningún momento.

El fallo les condena por pertenencia a grupo criminal, delito continuado de robo con fuerza, tenencia de explosivos y falsedad documental. La magistrada del juzgado de lo Penal 8 de Alicante, Ana María Carpintero, considera probado que los tres formaban parte de un grupo criminal formado para perpetrar robos en cajeros automáticos mediante la colocación de artefactos explosivos. La juez valora el contenido de los informes policiales que avalan la existencia de un reparto de funciones y que el grupo estaba coordinado, localizando cajeros situados en la vía pública ubicados cerca de una vía fácil de escape de la ciudad. Para cometer los robos, adoptaban medidas de seguridad como utilizar placas de matrícula sustraídas para dificultar la localización del coche usado para cometer el robo.

En cuanto al delito de tenencia de explosivos, la juez recuerda que en éste no se necesita un resultado de daños, basta la situación de peligro que se crea para la seguridad pública. «Los artefactos llegaron a explosionar en dos ocasiones causando desperfectos materiales, con el consiguiente riesgo para la vida e integridad de las personas», dice la sentencia.

Uno de los dos hermanos acusados, que ya contaba con antecedentes por robos, admitió ser el responsable del cambio de matrícula del coche usado para cometer los golpes, exculpando a los otros dos. Sin embargo, la juez valora que los otros dos acusados eran plenamente conscientes del cambio de placas y participaban en esta acción. Las cámaras de seguridad muestran el coche en distintos momentos del robo cometido en la Playa de San Juan con matrículas diferentes, lo que indica que éstos estaban presentes en el momento en el que se hizo el cambio.