Un jurado popular declaró ayer culpable de un homicidio doloso al acusado de un crimen cometido en Novelda hace diez años. El veredicto se cerró ayer por unanimidad tras menos de cuatro horas de deliberación en la Audiencia de Alicante. El tribunal popular ha descartado que el acusado se estuviera defendiendo en el momento de los hechos y considera probado que la puñalada tenía un ánimo homicida. La fiscal y las dos acusaciones particulares han reclamado una pena de 14 años, mientras que la defensa ha pedido la pena mínima de 10 años.

Los hechos ocurrieron en julio de 2008 en la calle Doctor Fleming de Novelda tras una pelea entre dos jóvenes de nacionalidad ecuatoriana. La víctima, de 21 años de edad, falleció tras sufrir una puñalada en el corazón durante una pelea con el acusado. Éste aseguraba en el juicio que no tenía intención de matarle y que sólo quería defenderse de una multitud de diez personas que se le echaba encima. Durante todos estos años el acusado estuvo fugado de la Justicia hasta que finalmente en verano del año pasado fue localizado y detenido por la Guardia Civil en Murcia, donde trabajaba en una explicación agrícola de Torrre-Pacheco con el pasaporte de su hermano.

El jurado argumenta en el veredicto que el ánimo homicida resulta probado de las declaraciones de los forenses que hicieron la autopsia. Los médicos dijeron que para causar la muerte se usó un arma afilada y con la fuerza suficiente como para causar un daño. También se han basado en las declaraciones de tres testigos, dos de ellos amigos del fallecido, que descartaron la existencia de un tumulto y de una multitud que intentara agredir al acusado. El tercer testigo fue el médico que bajó a intentar atender a la víctima al ser avisado por su mujer de había alguien que necesitaba ayuda. En la casa, no se escuchó ninguna bronca en la calle, ni nada que indicara que había una pelea.

Asimismo el jurado rechazó que el acusado pueda beneficiarse de un indulto y que trató de obstaculizar la acción de la Justicia con su fuga que duró nueve años. La fiscal aseguró en su alegato final que el acusado merecía un mayor reproche penal por su fuga para evitar la acción de la Justicia, a lo que la defensa le replicó que al acusado se le juzga sólo por los hechos cometidos esa noche y no por sus actos posteriores.

El tribunal popular descartó que el acusado se encontrara borracho cuando cometió el crimen, aunque en este extremo no hubo unanimidad. Cinco votos contra cuatro descartaron la embriaguez del procesado.

Bronca a una jurado

Antes de la lectura del veredicto, el magistrado abroncó a una miembro del jurado al conocerse que había grabado un vídeo con su teléfono a otros miembros del tribunal sin su consentimiento y sin que éstos lo supieran. El juez recordó a la mujer el anonimato de los miembros del jurado y le advirtió de que la aparición de ese vídeo en redes sociales o su difusión a terceras personas podría tener consecuencias para ella. Un aviso con el que a la mujer le quedó claro que la tentación de querer guardar un recuerdo puede traer consecuencias no deseadas.