La Audiencia de Alicante ha condenado a penas que oscilan entre uno y siete años de cárcel a cinco de los nueve acusados de formar parte de una organización que distribuían anabolizantes y drogas de diseño en gimnasios de Alicante y la Playa de San Juan, según el fallo de la Sección Segunda al que ha tenido acceso este diario. Entre los acusados había porteros de seguridad.

Los hechos se remontan a octubre de 2013 cuando la Policía inició una investigación al cabecilla de la red, David R. M., tras recibir un anónimo en el que se les alertaba de que su elevado nivel de vida se debía al tráfico de speed y de anabolizantes en gimnasios y que estaba a punto de recibir un paquete nuevo paquete con drogas. La investigación se centró en la recogida de un paquete en una empresa de mensajería de la Playa de San Juan y que fue trasladado a un trastero en Alicante, donde quedó guardada. Tras seis registros, la Policía intervino a la red un kilo y medio de anfetaminas, centenares de cajas de anabolizantes y desmanteló una plantación de marihuana en un chalé de Busot. El acusado llevaba un alto tren de vida, a pesar de que su única fuente de ingresos era una prestación por desempleo, dice el fallo.

La Audiencia ha avalado la investigación policial iniciada a raíz de la llegada de un correo anónimo. Las defensas habían pedido la nulidad de las escuchas argumentando que se basaban en meras conjeturas de la Policía, pero la sala ha rechazado estos argumentos al valorar que los agentes realizaron una investigación para comprobar la información recibida en el anónimo. «El oficio da cuenta de las vigilancias y seguimientos efectuadas y del número profesional de los agentes que las efectuaron, incorporando fotografías de las mismas», argumenta la sala para dar validez a las escuchas.

De hecho, estas escuchas fueron la base de la investigación para ir identificando a los acusados y establecer su grado de implicación. Los cuatro procesados absueltos (defendidos por los letrados Ana Gil, Roberto Sánchez, Antonio Lacaba, Esther Pérez y Pedro Heredia) aparecen en conversaciones de la red que el tribunal da por seguro que se refieren a «sustancias ilícitas», pero al no habérseles intervenido sustancia alguna prima el derecho a la presunción de inocencia.

El primer día del juicio estuvo marcado por el hecho de que el presunto cabecilla de la red quisiera renunciar a su abogado, renuncia que el tribunal no permitió al considerar que se trató de una maniobra dilatoria para intentar provocar la suspensión del juicio. La sentencia se reafirma en sus argumentos y descarta haber vulnerado los derechos del cabecilla de la red, que no quiso ni declarar y su abogado no realizó interrogatorio alguno para protestar por esta situación.

La sala condena por delitos contra la salud pública a cinco de los acusados, aunque a uno de ellos le impone ocho meses de prisión por resistencia a la autoridad, después de haberse enfrentado con los policías que trataban de detenerle.