El menor de Alicante que mató a su hermano durante una discusión por un perro cumplirá cuatro años de internamiento en régimen cerrado en un centro de menores y pasará otro año en régimen de libertad vigilada. La Audiencia Provincial ha confirmado la condena por homicidio al joven de 14 años impuesta por el juzgado de Menores número tres de Alicante y ha desestimado el recurso de la defensa que planteaba que la puñalada mortal fue fruto de un accidente. También descarta que el acusado padeciera alteración psíquica alguna que le impidiera comprender lo que estaba haciendo. La Sección Segunda de la Audiencia respalda la conclusión de la magistrada que juzgó este crimen: «que el acusado acuchilló mortalmente a su hermano en el curso de una discusión trivial». La pena es la que solicitaba la Fiscalía en el juicio celebrado el pasado mes de septiembre.

Los hechos ocurrieron sobre las 12.30 horas del pasado 5 de febrero de este año, cuando el menor mantuvo una discusión con su hermano de 19 años cuando ambos se encontraban en el domicilio de la madre. Los dos hermanos discutían sobre la posibilidad de quedarse con un cachorro que estaba provisionalmente en la casa, según declara probado el fallo. La discusión empezó con un intercambio mutuo de de empujones, pero tomó otro cariz cuando el menor de 14 años fue a la cocina y cogió un cuchillo de unos 19 centímetros de hoja.

La magistrada considera probado que cuando el hermano mayor le vio con el cuchillo le preguntó qué hacía con él. «Que te crees que no me atrevo a clavártelo», le respondió y cuando el otro replicó «sí venga, atrévete», éste le clavó el cuchillo en el pecho, llegando a seccionarle la aorta. El joven herido se dirigió a la habitación de su madre, donde cayó desplomado en medio de un gran charco de sangre. La madre intentó revivir a su hijo sin éxito, que acabó falleciendo como consecuencia de la pérdida masiva de sangre.

Versiones diferentes

El fallo del juzgado de Menores y el de la Audiencia descartan que el apuñalamiento del fallecido se produjera de manera accidental, tal como planteaba la defensa. La resolución a la que ha tenido acceso este diario desvela que la magistrada valoró el testimonio de un primo de los dos hermanos, que se encontraba también en la casa en esos momentos y que vio cómo se produjeron los hechos. Mientras que el acusado aseguró que su hermano se clavó accidentalmente el cuchillo al abalanzarse sobre él, este primo aseguró que fue el acusado quien fue hacia la víctima y le apuñaló.

«La magistrada ofrece pormenorizadamente las razones por las que no otorga credibilidad a la versión de los hechos ofrecida por el menor juzgado y sí a la del primo del fallecido, sin que concurran datos o indicios que permitan mínimamente sospechar que éste falte deliberadamente a la verdad para perjudicar al acusado», dice la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia, que también la juez se respalda en los informes de los forenses.

Asimismo, el tribunal ha desestimado la petición de la defensa para que los hechos fueron consideraron como un homicidio imprudente. «Nadie en su sano juicio asesta una puñalada a otro en el pecho con un cuchillo de las dimensiones del utilizado, en la ignorancia del peligro vital que tal conducta entraña», aseveran los magistrados.

Tampoco los jueces han considerado probado que el joven padeciera algún tipo de trastorno mental que le hiciera inimputable por estos hechos. El fallo «descarta la existencia de un cuadro psiquiátrico que anulase o mermase sus facultadas psíquicas», por lo que rechazan que se le pueda aplicar una eximente incompleta.

La sala rechaza los argumentos de la defensa de que la pena impuesta era «desproporcionada» (motivo por el que pedía que se le bajara dos años). El tribunal considera ajustada a Derecho y acorde a la Ley del Menor, «imponiéndose una extensión de la medida acorde a la gravedad de los hechos enjuiciados y a las circunstancias del menor».