La Sección Segunda de la Audiencia de Alicante ha absuelto a un sargento que ejerce como comandante del puesto de la Guardia Civil de Callosa d'en Sarrià que estaba acusado de hacer la vista gorda con un alijo de marihuana. La sentencia expone que ese alijo no era constitutivo de delito contra la salud pública, al consistir solo en dos plantas. Por esa razón, el acusado, para quien la fiscalía pedía un año de inhabilitación, no puede ser condenado por una omisión del deber de perseguir delitos.

Durante el juicio, celebrado el pasado 23 de octubre, el sargento del instituto armado negó que dejara de tramitar el atestado que la Policía Local había presentado en 2011 ante el cuartel de la Guardia Civil por el decomiso de esas dos plantas de cannabis sativa en una parcela de la localidad.

El tribunal le ha absuelto porque los hechos no investigados no eran constitutivos de ninguna infracción penal.

Los magistrados recuerdan que el cultivo y tenencia de dos plantas de marihuana no constituye un delito de tráfico de drogas y sería, «en todo caso, una infracción administrativa». «Estos cultivos solo darán lugar a actuaciones penales cuando existan indicios de que su producción, o una parte, será destinada al tráfico a terceros», señalan. Así, «en supuestos de meras incautaciones, solo cabrá presumir (la comisión del delito) cuando vista la gran cantidad aprehendida, se concluya que necesariamente tendrá que ser destinado a la venta, excluyendo la posibilidad de autoconsumo», añade el fallo.