El juicio por la presunta estafa en las obras del edificio In Tempo ha quedado visto para sentencia esta mañana en la Audiencia de Alicante. El fiscal ha mantenido la petición de penas cercanas a los tres años de cárcel, mientras que la defensa ha pedido la absolución y ha reprochado al Ministerio Público que no haya retirado la acusación porque las pruebas apuntaban a que no se había cometido alguno.

Los hechos se remontan al año 2012, cuando Olga Urbana, promotora del rascacielos residencial más alto de Europa, firmó un finiquito de fin de fin de obra con Konos, la mercantil que ejecutaba los trabajos de la fachada del coloso.Ambas mercantiles pertenecían a los mismos empresarios. Con posterioridad a la firma del finiquito, Konos facturó a Olga Urbana 1.037.050 euros por trabajos en la fachada del inmueble. La Fiscalía sostuvo que estos trabajos no eran reales, y que el acusado se aprovechó de sus cargos en ambas empresas para intentar obtener un enriquecimiento ilícito. En el banquillo se sientan el empresario Isidro Boronat, uno de los socios del In Tempo, así como Juan Yancovich, administrador de Konos en la fecha en la que ocurrieron los hechos.

La defensa de Boronat, el abogado penalista Francisco Regalado Rojas, ha incidido en que las obras del edificio continuaron con posterioridad a la firma del finiquito y que las cantidades reclamadas sí eran reales. En esta línea incidió en que los informes periciales en los que se apoyan las acusaciones no entran a valorar la realidad o no de la deuda y omiten tanto la contabilidad del año 2012 como las cuentas anuales de ese periodo, que es precisamente la fecha en la que ocurrieron los hechos. Boronat ha achacado la querella a una venganza de su antiguo socio en el In Tempo, José Ignacio de la Serna, el socio mayoritario de la mercantil y ya fallecido, por haber negociado a sus espaldas la búsqueda de posibles compradores del edificio cuando las cuantas de la mercantil empezaron a hacer aguas. La defensa de Yancovich pro su parte ha incidido en que éste no tenía ninguna responsabilidad en la gestión de la empresa, a pesar de ser el administrador, y que su labor se limitaba a firmar las cuentas, sin tener beneficio alguna de la deuda que se reclamaba, Los dos abogados insistieron en que la supuesta simulada está reconocida como real en el concurso de acreedores que tramitó un juzgado de lo Mercantil.