La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto a cinco personas que fueron condenadas a tres años de prisión cada una por tráfico de drogas tras ser detenidas en un chalet donde había una plantación de marihuana al estimar que no está probado que se dedicaran al cultivo y distribución de estupefacientes. La sentencia, dictada recientemente por la Sección Segunda, mantiene la pena a otros dos procesados en la causa que son un matrimonio que vivía en la casa donde la Policía decomisó en diciembre de 2017 un total de 764 plantas de marihuana con un peso de más de 20 kilos y más de once kilogramos de cannabis ya preparados en bolsas para su distribución.

El tribunal ha estimado el recurso de apelación presentado por los abogados Aitor Esteban Gallastegui y Santiago Manuel Candela Rovira, defensores de los cinco acusados ahora absueltos, y señala en el fallo que no ha quedado desvirtuado el principio de presunción de inocencia y que existen dudas sobre su participación en los hechos. Además de la pena de tres años de cárcel revocada ahora por la Audiencia, también han sido absueltos de la pena de tres meses de multa por defraudar 32.300 euros a la compañía eléctrica por un enganche ilegal de luz para la plantación.

La Audiencia dice en el fallo que no consta que la droga fuera de los cinco acusados detenidos en el sótano del chalet donde estaba la marihuana, ni estima probado que participaran en «labores de apoyo, recolección o distribución» de la marihuana.

Los abogados de los cinco acusados ahora absueltos alegaron en el recurso de apelación que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia y que no había pruebas ni una investigación policial previa a la fecha del registro en el chalet que vincule a los arrestados con los delitos por los que fueron condenados.

Cuando la Policía accedió a la vivienda a las once de la mañana del 20 de diciembre de 2017 localizó a estos cinco procesados en el sótano de la casa donde estaba la plantación. Sin embargo, todos ellos alegaron que estaban de forma accidental en la vivienda y que salieron corriendo hacia el sótano porque se pusieron nerviosos y pensaban que entraban a robar. Ninguno admitió que supiera que estaba el cultivo de marihuana y dijeron que no olía. Dos mujeres alegaron que habían ido a limpiar, un hombre que fue para reparar una gotera y una pareja que fue tras dejar a su hijo en el colegio.

La Audiencia indica que no entró ni salió nadie en la vivienda desde las ocho y media de la mañana y que está acreditado que había en la casa un fuerte olor a marihuana y que los detenidos estaban en el sótano donde estaban las plantas.

Sin embargo, añade el tribunal que ninguno de esos hechos acreditados, «aún interrelacionados y valorados de forma conjunta, se erigen en indicios que lleven inequívocamente a afirmar que los cinco acusados mencionados tuviera participación alguna en el cultivo de la droga». Para el tribunal que ha revocado la condena, el hecho de que hubiera una plantación en la casa, que oliera fuertemente a marihuana y que hubiera ruido de maquinaria del cultivo sólo acredita que estos cinco procesados «pudieran ser conscientes» de su existencia y de que los moradores del chalet eran los responsables, pero «en modo alguno los convierte en autores del delito contra la salud pública».